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Guía de la BaFin sobre IA: gestionar los riesgos TIC en entidades financieras conforme a DORA

El 18/12/2025, la BaFin publicó su guía no vinculante sobre los riesgos TIC en el uso de la IA en entidades financieras (título alemán: «Orientierungshilfe zu IKT-Risiken beim Einsatz von KI in Finanzunternehmen»). Su objetivo es ayudar a aplicar también a los sistemas de IA los requisitos de DORA sobre la gestión del riesgo relacionado con las TIC y del riesgo relacionado con las TIC derivado de terceros, a lo largo de todo el ciclo de vida de la IA y con un caso práctico sobre un asistente de IA basado en LLM. Esta página distingue en todo momento entre lo que exigen DORA y los RTS, lo que la BaFin describe como buena práctica y lo que nosotros recomendamos adicionalmente.

Actualizado: octubre de 2026 · Valeri Milke, Lead Auditor ISO 27001 e ISO 42001

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BaFin · versión 18/12/2025
  1. 01Datos
  2. 02Desarrollo
  3. 03Integración
  4. 04Operación
  5. 05Mantenimiento
  6. 06Retirada
38 p.guía de la BaFin6fases del ciclo de vida3variantes de infraestructura
Órbita del ciclo de vida de la guía: las seis fases del caso práctico (datos, desarrollo, integración, operación, mantenimiento y retirada) giran en torno a los arts. 5–15 DORA, con la gobernanza y el marco de gestión del riesgo TIC como anillo interior y la ciberseguridad y la seguridad de los datos como anillo exterior.
38 páginasVersión original alemana, de 18/12/2025, con caso práctico
Arts. 5–15Marco DORA de los destinatarios; el art. 16 DORA queda fuera de su objeto
97Referencias según nuestro recuento: 54 DORA, 31 RTS RMF, 12 otras
3Variantes de infraestructura en el caso práctico del asistente LLM

Según la BaFin, las entidades financieras utilizan la IA a lo largo de toda la cadena de valor: desde la predicción del abandono de clientes en ventas hasta la tramitación de siniestros o el asistente de IA que redacta textos, presentaciones y código. El marco jurídico está definido: DORA es aplicable desde el 17/01/2025; las KAIT, VAIT y ZAIT han sido derogadas, y las BAIT ya no se aplican a las entidades sujetas a DORA y quedarán derogadas por completo al término del 31/12/2026. La guía no crea obligaciones nuevas: detalla determinados requisitos de DORA para los sistemas de IA en materia de gobernanza, marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC, desarrollo y pruebas, operación y retirada, externalización en la nube, ciberseguridad y seguridad de los datos, y notificación de incidentes. Paralelamente, desde el 29/07/2026 la BaFin es autoridad de vigilancia del mercado para los sistemas de IA directamente vinculados a actividades financieras reguladas, en virtud de la KI-MIG, la ley alemana que designa a las autoridades nacionales competentes con arreglo al Reglamento de IA (AI Act). Esta página hace operativas sus 38 páginas: la comprobación de alcance aclara qué intensidad de control es adecuada para su sistema de IA; el navegador del ciclo de vida y el laboratorio de variantes convierten los capítulos y el caso práctico en preguntas de auditoría y evidencias, y el navegador de referencias recoge las 97 referencias normativas según nuestro recuento. La autoevaluación de resiliencia de la IA muestra su nivel de madurez por ámbito de actuación, y el whitepaper «KI unter DORA für CISOs» («La IA bajo DORA, para CISO»; en alemán) ofrece hoja de ruta, preguntas de auditoría y matriz de evidencias para la dirección y la auditoría interna.

De los principios BDAI a la IA de alto riesgo

Los hitos que definen el marco de los sistemas de IA en las entidades financieras alemanas: de la práctica supervisora a DORA y al Reglamento de IA.

Nueve mensajes clave de la guía de la BaFin sobre riesgos TIC de la IA

Haga clic en una tarjeta para leer el mensaje clave con sus referencias; el orden sigue la estructura de la guía, desde la contextualización hasta la notificación de incidentes.

Interactivo

Comprobación de alcance: ¿qué intensidad de control necesita su sistema de IA?

Cinco preguntas basadas en los arts. 2, 4 y 16 DORA, la definición de sistema de IA y el caso práctico. El resultado muestra si la guía es pertinente para usted y qué requisitos son prioritarios: una orientación, no asesoramiento jurídico.

Su recorrido
  1. ?

1: ¿Es su empresa una entidad financiera en el sentido del art. 2 DORA (p. ej., entidad de crédito, empresa de seguros, empresa de servicios de inversión, entidad de pago o de dinero electrónico, sociedad gestora de fondos)?

1

¿Es su empresa una entidad financiera en el sentido del art. 2 DORA (p. ej., entidad de crédito, empresa de seguros, empresa de servicios de inversión, entidad de pago o de dinero electrónico, sociedad gestora de fondos)?

Lo determinante es el catálogo del art. 2(1)(a)–(t) DORA; según el art. 2(2) DORA, estas entidades se denominan conjuntamente «entidades financieras». Los proveedores terceros de servicios TIC no forman parte de ellas. La guía menciona como destinatarios, en particular, a las entidades CRR y a las empresas de seguros sujetas a Solvencia II.

Interactivo

Navegador del ciclo de vida de la IA: seis fases, dos temas transversales

Elija una fase del caso práctico de la BaFin o un tema transversal. Verá los riesgos típicos, las referencias en DORA y en el RTS RMF, las medidas que la guía de la BaFin describe como buenas prácticas, una pregunta de auditoría y las evidencias para la auditoría interna y el diálogo con el supervisor. Las medidas de la guía son ilustrativas; solo son vinculantes las obligaciones de DORA y del RTS RMF a las que remiten los anclajes normativos. La asignación de las referencias a las fases, la clasificación del riesgo, las preguntas de auditoría y las evidencias son valoraciones de VamiSec.

Fase 1 · Caso práctico n.º 1 · Caps. IV.1, V.2

Obtención y preparación de datos

Un riesgo significativo que el caso práctico señala para todas las variantes de infraestructura: la aplicación de IA trata datos que no han sido aprobados para su uso en ella. Por eso, el caso práctico considera imprescindible una clasificación exhaustiva por niveles de confidencialidad; el cap. VI advierte de que puede exigir un esfuerzo considerable. En cambio, DORA no regula la calidad de los datos más allá de su integridad; la guía la sitúa en la gobernanza de la IA.

ReferenciaCaps. IV.1 y V.2 de la guía; caso práctico, fase 1

Riesgos típicos

  • La aplicación de IA trata datos que no están aprobados ni clasificados para ella (alto)
  • Datos manipulados o erróneos merman el rendimiento y la seguridad del modelo (integridad de los datos) (alto)
  • Ataques de inferencia: deducción de datos personales mediante consultas múltiples (medio)
  • Origen, ubicaciones de almacenamiento y responsables de los datos de entrenamiento poco claros (medio)
  • Sesgos y deficiencias de calidad en los datos: más allá de la integridad, DORA no los regula (bajo)

Anclajes normativos

Art. 8(4) DORAArt. 4(2)(b) RTS RMFArt. 5(2)(b) RTS RMFArt. 6(2) RTS RMFArt. 21 RTS RMF

Buenas prácticas según la guía

  • Detectar automáticamente, siempre que sea posible, los datos confidenciales y clasificarlos por niveles de confidencialidad.
  • Política de confianza cero (zero trust): la aplicación de IA solo recupera datos autorizados; los usuarios acceden a los datos mediante un modelo basado en roles.
  • Formar a fondo a los usuarios en el uso de la aplicación de IA y en la selección y preparación de datos.
  • Aplicar privacidad diferencial (differential privacy), siempre que sea posible, para proteger los datos personales frente a inferencias a partir de consultas múltiples.
  • Tokenizar los datos sensibles antes de que el asistente de IA los trate.
  • Validar y depurar los datos antes de su uso —de forma automatizada o mediante muestreo manual— para detectar y evitar sesgos.
  • Registrar los conjuntos de datos de entrenamiento como activos de información: documentar de forma trazable su origen, su ubicación a lo largo del ciclo de vida y sus responsables (art. 4(2)(b) RTS RMF).
  • Cifrar los datos según su clasificación: en reposo, en tránsito y, cuando sea necesario, en uso (art. 6(2) RTS RMF).
Pregunta de auditoría para el CISO

¿Puede demostrar, para cada caso de uso de IA, qué clases de datos puede tratar, e impedir técnicamente que entren datos no aprobados?

Evidencias que puede presentar

  • Política de clasificación de datos con niveles de confidencialidad y reglas de aprobación por aplicación de IA
  • Inventario de datos de IA: fuentes de entrenamiento, de ajuste fino y RAG con origen, ubicación y propietario
  • Modelo de autorizaciones (RBAC) para la aplicación de IA y las fuentes de datos, con evidencia de recertificación
  • Registros de la validación y depuración de datos (reglas de validación, muestreos)
  • Evidencias de formación de los grupos de usuarios en la aplicación de IA

Obtención y preparación de datos

Caso práctico interactivo

Caso práctico del asistente de IA: tres variantes de infraestructura comparadas, ¿dónde están el control y el riesgo?

El caso práctico de la guía analiza en tres variantes arquetípicas un asistente de IA basado en LLM que ayuda al personal de un proveedor de servicios financieros, que maneja datos financieros y de clientes sensibles, a redactar textos, correos electrónicos y presentaciones: on-premise, nube dentro del propio tenant y nube fuera del tenant. Caben formas mixtas; el caso práctico deja al margen los costes de inversión y de operación. Las medidas son ilustrativas: el propio caso práctico aclara expresamente que no formula expectativas supervisoras.

Variante 1: el asistente de IA funciona sobre hardware propio en el centro de datos de la entidad financiera; todos los flujos de datos permanecen en la infraestructura de la entidad.
Riesgo principal según el caso práctico

La entidad financiera tiene pleno control sobre los activos de TIC de la aplicación de IA, pero asume todos los riesgos del desarrollo, la operación y, sobre todo, el mantenimiento del hardware y el software. Según el caso práctico, destacan el riesgo estratégico del modelo de negocio y el riesgo operacional del sistema de TIC.

El control y la responsabilidad recaen íntegramente en la propia entidad, que implementa, mantiene, entrena y opera el LLM por sí misma.

Perfil de riesgo

  • Dependencia estratégicamedio
  • Necesidad de competenciasalto
  • Capacidad y escaladoalto
  • Fuga de datosbajo
  • Vendor lock-inbajo
  • Carga de operación y mantenimientoalto

Valoración de VamiSec a partir del caso práctico, no una evaluación de la BaFin.

Lo que destaca la BaFin

  • Capacidades propias de almacenamiento y tratamiento: software de IA desarrollado total o parcialmente en la entidad se ejecuta sobre hardware propio, por ejemplo un LLM implementado, mantenido, entrenado y operado internamente.
  • Pleno control sobre los activos de TIC, pero todos los riesgos del desarrollo, la operación y, sobre todo, el mantenimiento; los riesgos específicos se manifiestan sobre todo en el desarrollo del modelo y en la operación.
  • La implementación y el mantenimiento, en particular de modelos de código abierto, exigen conocimientos suficientes: la disponibilidad de personal adecuado es un riesgo estratégico.
  • Si el asistente de IA no se implementa de forma segura ni se actualiza de forma continua, existe el riesgo de accesos no autorizados a sistemas internos y de exfiltración de información del modelo.
  • A diferencia de las variantes en la nube, no es posible escalar a voluntad sin ampliar el hardware: la infraestructura debe dimensionarse para la potencia de cálculo esperada, revisarse periódicamente y adaptarse en caso necesario.

Medidas

  • Gestión de accesos estrechamente controlada: según el caso práctico, el impacto de los accesos no controlados es mucho mayor con IA que sin ella.
  • Implementación segura y actualización continua del asistente de IA, con actualizaciones automatizadas y gestión de parches (caso práctico, fase 5).
  • Gestión de la capacidad: dimensionar de antemano la potencia de cálculo, supervisar de forma automatizada las necesidades de recursos y ampliar el hardware a tiempo (art. 9 RTS RMF).
  • Desarrollar de forma específica los conocimientos necesarios para implementar y mantener modelos de código abierto y actualizarlos periódicamente mediante formación (art. 13(6) DORA).
  • Revisar el código fuente de los modelos públicos en busca de puertas traseras y código malicioso y garantizar la integridad de los repositorios (caso práctico, fase 2).
  • Recomendación de VamiSec: limitar el riesgo de personas clave con un manual de operación, un régimen de suplencias y procedimientos documentados de recuperación del modelo.

On-premise

¿Qué datos pueden ir a cada variante?

Elija una clase de datos. El semáforo muestra cómo valora VamiSec las tres variantes de infraestructura del caso práctico para esa clase: de forma deliberadamente conservadora y sin perjuicio de su propia clasificación de datos, su evaluación del riesgo TIC y sus contratos.

Datos de clientes y datos personales, documentación contractual, información financiera no pública: una fuga perjudica de forma notable a los clientes o a la entidad.

On-premiseaceptable

Aceptable si se aplican las medidas de la fase 1 (clasificación, tokenización, acceso basado en roles) y la gestión de accesos y las actualizaciones se controlan de cerca.

Nube · tenant propiosolo con medidas adicionales

Solo con medidas adicionales: cifrado con gestión de claves (arts. 6 y 7 RTS RMF), tokenización, riesgo de fuga hacia el proveedor de nube evaluado y lugares de tratamiento aclarados.

Nube · fuera del tenantsolo con medidas adicionales

Solo de forma excepcional, tras un examen caso por caso, con controles contractuales y técnicos contra la fuga de datos y tokenización; para esta variante, el caso práctico menciona precisamente un nivel de autorización de datos más bajo como posible mitigación.

Confidencial

Orientación de VamiSec basada en el cap. V.2 y en el caso práctico (entre otros, el «nivel de autorización de datos más bajo» para la variante 3); no es un requisito de la BaFin. Lo determinante son su clasificación de datos y su análisis de riesgos.

Riesgos presentes en todas las variantes

Con independencia de la infraestructura, el caso práctico describe riesgos relevantes en todas las variantes; aquí se presentan por fase del ciclo de vida, con las contramedidas que cita a modo de ejemplo.

  1. 01Obtención y preparación de datos

    La aplicación de IA trata datos que no han sido aprobados para ella. Contramedidas según el caso práctico: clasificación por niveles de confidencialidad, política de confianza cero, acceso a datos basado en roles, tokenización y, siempre que sea posible, privacidad diferencial.

  2. 02Desarrollo y entrenamiento del modelo

    Datos de entrenamiento o RAG manipulados (data poisoning o knowledge poisoning) falsean el comportamiento del asistente; los modelos de código abierto y los procedentes de repositorios compartidos pueden estar envenenados. Contramedidas: solo datos verificados, control de versiones con rollback, revisión en busca de puertas traseras, pruebas de penetración y red teaming.

  3. 03Despliegue e integración del modelo

    Los asistentes implementados de forma insegura abren accesos a sistemas internos o permiten la fuga de información del modelo. Contramedidas: despliegue aislado, contenedores, MFA y acceso condicional, API cifradas, limitación de tasa y protección DDoS.

  4. 04Operación y uso

    Prompt injection, extracción de información confidencial, revelación a personas no autorizadas y accesos a través de las API del LLM. Contramedidas: herramientas de explicabilidad, formación, restricciones de prompts, detección de anomalías, aislamiento y human-in-the-loop para las respuestas críticas para la seguridad.

  5. 05Mantenimiento, actualizaciones y respuesta a incidentes

    Las versiones de software obsoletas o mal configuradas, sobre todo en los LLM de código abierto, abren brechas de seguridad. Contramedidas: actualizaciones automatizadas y gestión de parches, SIRP para incidentes de IA, simulaciones de ataques, auditorías externas y un panel de cumplimiento.

  6. 06Retirada y fin de vida útil

    Los datos y modelos históricos se usan indebidamente o se filtran. Contramedidas: planificar la retirada como la de cualquier activo de TIC, borrar datos e interacciones con la IA conforme al RGPD, aplicar el borrado criptográfico y bloquear las cuentas de quienes han dejado la entidad.

Referencias normativas

Navegador de referencias: qué normas invoca la guía sobre IA

Según nuestro recuento, la guía de la BaFin remite a 97 referencias normativas distintas: desde DORA y el RTS RMF, pasando por el RTS de subcontratación y el ITS del registro de información, hasta el Reglamento de IA (AI Act) y la comunicación supervisora sobre la nube. Cada fila indica el título oficial, la derivación específica para la IA y el capítulo; las particularidades de citación se señalan de forma neutral. Filtre por acto jurídico y ámbito de actuación y exporte su selección como lista de verificación.

48filas de DORA (54 referencias; 6 recuadros de cita integrados en su artículo)
31filas del RTS RMF, incluida la remisión global
12filas adicionales: RTS de subcontratación, ITS, Reglamento de IA, comunicación sobre la nube
5 de 6capítulos con referencias: el cap. VI, ninguna; el caso práctico, una remisión
91 de 91 entradas
ReferenciaTemaQué deriva la guía para la IACapítulo
Art. 2(1)(a)–(t) DORADORACatálogo de entidades financieras incluidasÁmbito de aplicaciónJunto con el art. 2(2) DORA, determina el círculo de destinatarios; el foco está en las entidades CRR y las aseguradoras de Solvencia II. Citado en la nota 2 como «Art. 2 Abs. 1 a.–t DORA» (en la versión inglesa falta allí un paréntesis); la guía no menciona las exclusiones del art. 2(3).Cap. IGobernanza
Art. 2(2) DORADORAConcepto de «entidad financiera»Ámbito de aplicaciónLa nota 2 define, a través del art. 2(2) DORA, a quién se refiere con «entidad financiera»: a las entidades enumeradas en el art. 2(1)(a)–(t); los proveedores terceros de servicios TIC de la letra u) no forman parte de ellas.Cap. IGobernanza
Art. 3(2) DORADORAEl sistema de IA como red y sistema de informaciónDefinicionesNorma clave de la sistemática: los sistemas de IA son un subtipo de las redes y sistemas de información, entendidos como combinación de activos de TIC e infraestructura de TIC; el propio modelo se considera un activo de TIC (software). Así, los sistemas de IA quedan sujetos a la gestión del riesgo relacionado con las TIC conforme a DORA y al RTS RMF. La versión inglesa cita, en su estilo de citación, «Article 3(2)»; la versión original alemana, «Art. 3 Nr. 2».Cap. I.1Gobernanza
Art. 4 DORADORAProporcionalidad y enfoque basado en el riesgoPrincipio de proporcionalidadDe aquí deriva la guía que la IA en funciones esenciales o importantes necesita medidas de seguridad y control más amplias que, por ejemplo, las de los asistentes de autoservicio bajo plena supervisión humana y sin intervención en las decisiones. Menciona el «enfoque basado en el riesgo» en el mismo pasaje; en el texto normativo figura, entre otros, en el art. 9(4)(b), el art. 24(3) y el art. 28(6) DORA.Cap. I.2Gobernanza
Cap. II DORA (arts. 5–16)DORALa gestión armonizada del riesgo relacionado con las TIC como referenciaCapítulo II «Gestión del riesgo relacionado con las TIC»Remisión global: el capítulo II establece requisitos uniformes para todos los sectores en materia de gobernanza y de marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC, de modo que los procesos operativos digitales se mantengan también durante y después de los incidentes relacionados con las TIC: el criterio con el que la guía evalúa los sistemas de IA. Remisión a un capítulo, no cita de un artículo.Cap. II.3Gobernanza
Arts. 5–15 DORADORADestinatarios: marco completo de gestión del riesgo relacionado con las TICCapítulo II «Gestión del riesgo relacionado con las TIC»: del art. 5 «Gobernanza y organización» al art. 15 «Mayor armonización de las herramientas, métodos, procesos y políticas de gestión del riesgo relacionado con las TIC»La guía se dirige a las entidades financieras que deben cumplir los requisitos de los arts. 5 a 15 DORA; estos se aplican a los sistemas de IA como a cualquier otro sistema de TIC. Los arts. 7 y 15 solo quedan cubiertos por esta remisión conjunta.Cap. IGobernanza
Art. 5(2)(a) DORADORAResponsabilidad última del órgano de direcciónGobernanza y organizaciónObligación derivada de DORA: el órgano de dirección asume la responsabilidad última de la gestión del riesgo relacionado con las TIC, incluido el vinculado a la IA; la estrategia de resiliencia operativa digital y el presupuesto, mencionados en la misma frase de la guía, corresponden al art. 5(2)(d) y (g) (no citados). La afirmación —que solo aparece tras la cita del art. 5(4)— de fijar responsabilidades, por ejemplo, sobre los resultados generados por IA en los procesos de decisión carece de cita; según nuestra lectura, encaja el art. 5(2)(c).Cap. II.2Gobernanza
Art. 5(4) DORADORAConocimientos de IA del órgano de direcciónGobernanza y organizaciónObligación derivada de DORA: los miembros del órgano de dirección mantienen actualizados, mediante formación específica, conocimientos suficientes para comprender y evaluar los riesgos relacionados con las TIC (cap. II.2); en el cap. III.1, citado junto con el art. 13(6), la guía añade que una comprensión profunda de los sistemas de IA puede ayudar a valorar los riesgos derivados del desarrollo de software. Así, apoya la competencia en IA en DORA, no en el Reglamento de IA.Caps. II.2, III.1GobernanzaDesarrollo y pruebas
Art. 6 DORADORAEl marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC como núcleoMarco de gestión del riesgo relacionado con las TICSegún la guía, el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC es el núcleo de la gestión del riesgo de los sistemas de IA; estos han de integrarse en él como cualquier otro activo de TIC. El art. 6(1) se destaca además en un recuadro de cita (literal); la participación de la función de gestión del riesgo relacionado con las TIC, las funciones de control y la auditoría interna, descrita en el cap. II.2 como habitual, corresponde según nuestra lectura al art. 6(4), que la guía no cita en ese punto.Cap. II.3Gobernanza
Art. 6(5), frases primera y segunda, DORADORARevisión del marco al menos una vez al añoMarco de gestión del riesgo relacionado con las TICObligación derivada de DORA: el marco ha de revisarse al menos una vez al año (microempresas: periódicamente), incluidos los sistemas de IA; según la guía, el informe de revisión (art. 27 RTS RMF) puede enriquecerse con información específica sobre IA. Para la presentación del informe previa solicitud, la base más precisa —no citada— sería el art. 6(5), frase tercera.Cap. II.3Gobernanza
Art. 8 DORADORAIdentificar y evaluar vulnerabilidades de la IAIdentificaciónLos sistemas de IA han de incluirse en la identificación: detectar vulnerabilidades, por ejemplo en el entrenamiento del modelo, en los pipelines de datos o en la inferencia, y evaluarlas con criterios de riesgo cuantitativos y cualitativos. Remisión genérica (citada dos veces): la detección de vulnerabilidades figura en el art. 8(2); los indicadores cuantitativos o cualitativos solo aparecen en el art. 3(b)(ii) RTS RMF; para el reentrenamiento, según nuestra lectura, es pertinente el art. 8(3) DORA (evaluación del riesgo ante cambios importantes).Cap. II.3GobernanzaDesarrollo y pruebasOperación y retirada
Art. 8(4) DORADORAComponentes de IA en el inventario de activosIdentificaciónLos conjuntos de datos de entrenamiento, las implementaciones de modelos, las bibliotecas de software, el hardware y el software propio y de terceros han de identificarse, clasificarse, documentarse y supervisarse de forma continua como activos de información o de TIC. Citado «en relación con los arts. 4 y 5 RTS RMF»: la obligación de contar con una política y un procedimiento procede del RTS; según nuestra lectura, son además pertinentes los apdos. 1 y 6 del art. 8 DORA (clasificación, inventarios).Cap. IV.1Operación y retiradaGobernanza

Recuento y asignación: VamiSec, situación a 10/2026. Según nuestra regla de recuento, la guía menciona 97 referencias normativas distintas: 54 de DORA, 31 del RTS RMF, 3 del RTS de subcontratación, 1 del ITS del registro de información, 1 del Reglamento de IA, 1 de las Directrices de la Comisión C(2025) 5053 y 6 de la comunicación supervisora sobre la nube (letras citadas conjuntamente desglosadas; recuadros de cita como entradas propias). En esta lista, los seis recuadros de cita de DORA se han fusionado con el artículo citado en cada caso y las remisiones globales figuran como filas propias; de ahí las 91 filas. Títulos según las versiones oficiales en español (los de la comunicación supervisora sobre la nube, traducidos por VamiSec del original alemán); capítulos según la versión original alemana de la guía (versión de 18/12/2025). Los ámbitos de actuación, las indicaciones sobre la precisión de las citas y las referencias adicionales marcadas con «según nuestra lectura» (no citadas por la guía) son valoraciones de VamiSec, no asesoramiento jurídico. La guía no es vinculante: las obligaciones se derivan de DORA, los RTS y los ITS, no de ella; tampoco la comunicación supervisora sobre la nube ni las Directrices de la Comisión son vinculantes por sí mismas.

Versión extensa

La guía en detalle: 16 capítulos, de la gobernanza a la nube y la notificación de incidentes

Los 16 capítulos recorren la naturaleza jurídica, el concepto de sistema de IA, el ciclo de vida, la gobernanza, el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC, el desarrollo, las pruebas, la operación y la retirada, la nube y los terceros, la ciberseguridad y la seguridad de los datos, la notificación de incidentes, el caso práctico del asistente de IA, el encuadre en el Reglamento de IA, la KI-MIG y las MaRisk, y la hoja de ruta de 12 meses, siempre con su referencia normativa y separando con rigor la obligación derivada de DORA y los RTS, la práctica según la guía y la recomendación de VamiSec.

01Capítulo 1

Qué es la guía y qué no es

Con su guía sobre los riesgos TIC en el uso de la IA en entidades financieras, la BaFin no publicó el 18 de diciembre de 2025 una nueva regulación, sino una ayuda para leer el derecho vigente: muestra cómo pueden trasladarse DORA y sus normas técnicas a los sistemas de IA. Quien sitúa bien el documento evita dos errores: tratarlo como un catálogo de obligaciones o ignorarlo por no ser vinculante.

Origen: del discurso a la publicación

La guía la anunció Nikolas Speer, director ejecutivo de Supervisión Bancaria de la BaFin, el 4 de diciembre de 2025 en su conferencia «IT-Aufsicht im Finanzsektor: Das erste Jahr DORA» (la supervisión de TI en el sector financiero: el primer año de DORA), con la fórmula «No es un nuevo catálogo de obligaciones, sino una ayuda». El 18 de diciembre de 2025 llegó la nota informativa «Inteligencia artificial: la BaFin publica una guía sobre riesgos TIC». La edita la unidad CTF 5 del departamento de Riesgos Cibernéticos y Tecnología en el Sector Financiero. La versión alemana, «Orientierungshilfe zu IKT-Risiken beim Einsatz von KI in Finanzunternehmen» (versión del 18 de diciembre de 2025, 38 páginas), es el original; la traducción inglesa, «Guidance on ICT Risks in the Use of AI at Financial Entities» (versión del 23 de enero de 2026, 35 páginas), se publicó el 30 de enero de 2026.

Naturaleza jurídica: no vinculante, pero no un cheque en blanco

La guía se presenta como una «ayuda no obligatoria», se basa, entre otras cosas, en conversaciones con entidades financieras, «no constituye una interpretación vinculante de DORA por parte de la BaFin» y «no define expectativas supervisoras» (caps. I y I.2); también las medidas del caso práctico se presentan expresamente como ejemplos. Lo vinculante sigue siendo DORA, el RTS RMF y el RTS de subcontratación. No obstante, el informe anual 2025 de la BaFin habla de unas «expectativas actualizadas» que, según el informe, se comunicaron a través de la guía. De ello no se derivan obligaciones, pero conviene tomarse en serio la formulación como señal de la práctica supervisora.

CapítuloContenidoReferencias clave
I IntroducciónConcepto de sistema de IA, objeto y estructura; ejemplos de uso en bancos y aseguradorasArts. 2, 3(2), 4, 5–15 y 16 DORA; art. 3(1) del Reglamento de IA (AI Act)
II Gestión del riesgo TIC de la IARiesgos TIC derivados del uso de la IA, gobernanza y organización, marco de gestión del riesgo relacionado con las TICArts. 5, 6, 8–11, 13 y 14 DORA; art. 27 RTS RMF
III Desarrollo y pruebasDesarrollo de software, end-user computing, código generado por IA, pruebas de la IAArts. 15–17 RTS RMF; art. 5(4) y art. 13(6) DORA
IV Operación y retiradaProcesos de operación y desinstalación; particularidades de la nubeArts. 8(4), 9(3), 10–13 y 28–30 DORA; arts. 4, 5, 8–10, 21 y 25 RTS RMF; RTS de subcontratación; comunicación supervisora sobre la nube
V Ciberseguridad y seguridad de los datosCiberseguridad, seguridad de los datos, notificación de incidentes graves relacionados con las TICArts. 9, 17, 19, 24 y 25 DORA; arts. 2, 5, 6, 7, 11–14, 17, 21 y 22 RTS RMF
VI Consideraciones finalesMensajes clave y perspectivassin referencias propias
Caso prácticoAsistente de IA basado en LLM: seis fases del ciclo de vida, tres variantes de infraestructurasin referencia a DORA; remisión a la comunicación supervisora sobre la nube

Selección por capítulo; las 97 referencias (según nuestro recuento) figuran en el navegador de referencias.

Destinatarios y límites

Se dirige a las entidades financieras en el sentido del art. 2(2), en relación con el art. 2(1)(a) a (t), DORA, en particular entidades CRR y empresas de seguros sujetas a Solvencia II; sus destinatarias principales son las entidades supervisadas por la BaFin que deben cumplir los arts. 5 a 15 DORA. Según la guía, el marco simplificado del art. 16 DORA requiere un análisis aparte y no es objeto del documento. En cuanto al contenido, trata exclusivamente de los riesgos TIC y de su tratamiento con arreglo a DORA y a los RTS complementarios; la metodología matemática de los modelos, incluidos los datos, el desarrollo y la validación, queda fuera (cap. I.1).

La guía se concibe como un «documento vivo» (cap. I.3); actualmente es determinante la versión del 18 de diciembre de 2025 (DE) o del 23 de enero de 2026 (EN). La BaFin ya remite a ella: en «Risiken im Fokus 2026» (sus riesgos prioritarios para 2026), del 28 de enero de 2026, que cita como riesgos de la IA, entre otros, la dependencia de proveedores terceros de nube y de modelos de IA, así como el envenenamiento de datos y de modelos (data and model poisoning); y en la entrevista del BaFinJournal del 29 de julio de 2026 sobre la KI-MIG, la ley alemana que designa a las autoridades nacionales competentes con arreglo al Reglamento de IA.

02Capítulo 2

El concepto de sistema de IA, entre el Reglamento de IA y DORA

La guía adopta la definición del Reglamento de IA y la traduce al lenguaje de DORA. El resultado es sencillo y de gran alcance: un sistema de IA es una combinación de activos de TIC e infraestructura de TIC y, por tanto, forma parte de pleno derecho del inventario, de la evaluación de riesgos y de los controles.

Tres pasos para construir el concepto (cap. I.1)

  1. Art. 3(1) Reglamento de IAAdoptar la definición legal

    Un sistema de IA es un sistema basado en una máquina diseñado para funcionar con distintos niveles de autonomía, que puede mostrar capacidad de adaptación tras el despliegue y que, para objetivos explícitos o implícitos, infiere de la información de entrada que recibe la manera de generar resultados de salida, como predicciones, contenidos, recomendaciones o decisiones, que pueden influir en entornos físicos o virtuales.

  2. C(2025) 5053 final, apdo. 11Interpretar «basado en una máquina»

    Los sistemas de IA se desarrollan con ayuda de máquinas y funcionan en ellas. Según las directrices de la Comisión del 29 de julio de 2025, la máquina abarca hardware (unidades de procesamiento, memoria, unidades de red, interfaces de entrada y salida) y software (entre otros, código fuente, sistemas operativos y aplicaciones).

  3. Art. 3(2) DORAEncuadrar en DORA

    Los sistemas de IA son, por tanto, un subtipo de las redes y sistemas de información. Se trata de una combinación de activos de TIC e infraestructura de TIC en la que se implementa un modelo matemático complejo; el propio modelo es un activo de TIC (software).

No se consideran las características de autonomía y capacidad de adaptación del Reglamento de IA, ni la metodología matemática de los modelos, incluidos los datos utilizados, su desarrollo y su validación. Así pues, la guía no examina lo bien que calcula un modelo, sino lo seguro y resiliente que es el sistema en el que se ejecuta. El tipo y el alcance de un sistema de IA dependen de cada caso y deben corresponder, en particular, a la finalidad de negocio, a la situación de riesgo y al contexto.

IA oculta: cuando el software se convierte en sistema de IA sin que nadie lo advierta

El cap. III.2 describe el reto de detectar, durante las pruebas, si las aplicaciones integran modelos de IA externos, por ejemplo a través de API: un software concebido inicialmente como aplicación sin IA puede convertirse así en un sistema de IA. El cap. III.1 añade que el código generado por IA puede invocar funciones de IA desconocidas para el usuario. Según el caso práctico (variante 3), los asistentes de IA integrados en software estándar se invocan en ocasiones sin que los usuarios lo sepan; las consideraciones finales señalan que a menudo vienen incluidos en el software estándar.

ComponenteClasificaciónQué debería reflejar el inventario
Implementación del modelo, incl. versión y parámetrosActivo de TIC (software)Identificador, propietario, funciones a las que da soporte, criticidad — art. 4(2)(b) y art. 5 RTS RMF
Conjuntos de datos de entrenamiento y de prueba, base de conocimiento RAGActivo de informaciónOrigen, ubicación a lo largo del ciclo de vida, responsable — art. 4(2)(b) RTS RMF (cap. IV.1)
Bibliotecas de software, frameworks, software propio y de tercerosActivo de TIC (software)Análisis de vulnerabilidades y plazos de parcheo — art. 10 RTS RMF
Hardware e infraestructura, p. ej., GPU, almacenamiento, redActivo de TIC o infraestructura de TICUbicación, interdependencias, capacidad — art. 4(2)(b) y art. 9 RTS RMF
IA externa vía API o integrada en software estándarpuede convertir la aplicación en un sistema de IAdetectarla, marcarla como componente de IA, revisar la relación con terceros — caps. III.2, IV.2

Componentes según el cap. IV.1: conjuntos de datos de entrenamiento, implementaciones de modelos, bibliotecas de software, hardware, software propio y de terceros. Datos de prueba, base de conocimiento RAG, frameworks y asignación a las columnas: clasificación de VamiSec.

La consecuencia para el inventario: la gestión de los activos de información y de TIC exige, como obligación, una política y procedimientos (art. 8(4) DORA, en relación con los arts. 4 y 5 RTS RMF). Según el cap. IV.1, también los componentes de los sistemas de IA deben identificarse, clasificarse, documentarse y supervisarse de forma continua. Quien solo inventaría «proyectos de IA» pasa por alto la IA que llega a la organización con la próxima actualización de un software estándar o a través de una API.

Nota sobre la cita: en extractos de texto del PDF alemán, la referencia a las directrices de la Comisión aparece como «Rn. 116»; se trata del apdo. 11 (Rn. 11) con la nota a pie de página 6.

03Capítulo 3

Ciclo de vida en lugar de cadena de valor, y proporcionalidad

Que la IA funcione en ventas o en la tramitación de siniestros dice poco de sus riesgos TIC. Lo decisivo es cómo se integra el sistema en el entorno de TIC y en qué fase de su ciclo de vida se encuentra. La intensidad de los controles se rige entonces por el art. 4 DORA.

Por qué el ciclo de vida es el mejor marco de ordenación

Según el cap. I.2, los riesgos TIC específicos no guardan relación con la posición de un sistema de IA en la cadena de valor; se derivan de su integración en el entorno de TIC. Por eso la guía sigue el ciclo de vida de la IA: desde la obtención de datos, pasando por el desarrollo del modelo y su puesta a disposición, hasta la operación continuada y la retirada. En cada fase ha de garantizarse la seguridad y la resiliencia del sistema de IA, y los sistemas de IA deben tenerse en cuenta en el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC existente. La figura 1 asigna cinco vectores de ataque: datos y modelo de IA (cap. III); entrada, salida y el propio sistema de TIC (cap. IV); la ciberseguridad y la seguridad de los datos actúan de forma transversal (cap. V).

Ámbitos de uso según el cap. I

ÁmbitoUso según la guíaPunto de control de la criticidad (VamiSec)
Banca · VentasPredicción del abandono de clientes¿Qué datos de clientes se utilizan y quién usa el resultado?
Banca · Concesión de créditosApoyo en el análisis de las cuentas anualesIntegración en decisiones de crédito, revisión final humana
Banca · Gestión de fondosResumen de grandes volúmenes de informes de analistasInfluencia en las decisiones de inversión
Aseguradoras · Ventas y comunicación con clientesChatbots que informan sobre las características de los productosImpacto externo, fuga de datos, manipulación de la salida
Aseguradoras · Tarificación y suscripciónTarificación dinámica o telemática, en su caso con datos en tiempo real; evaluación del riesgoDisponibilidad e integridad del suministro de datos
Aseguradoras · Siniestros y prestacionesGestión automatizada de entradas (enrutamiento de documentos), apoyo a la tramitación de siniestros, p. ej., pago automático de siniestros menores, detección del fraudeActivación automatizada de pagos sin revisión caso por caso
TransversalMonitorización del cumplimiento, publicaciones en redes sociales, modelos de riesgo para los requerimientos de capital, asistentes de IADifusión a través de software estándar, influencia en el cálculo del capital

Foco actual según el cap. I: comunicación con clientes, gestión de siniestros y tramitación de prestaciones, donde pueden lograrse las mayores ganancias de eficiencia. Tercera columna: clasificación de VamiSec, no una afirmación de la BaFin.

Proporcionalidad conforme al art. 4 DORA

El art. 4 DORA obliga a aplicar la gestión del riesgo relacionado con las TIC de forma proporcionada al tamaño, al perfil de riesgo global y a la naturaleza, escala y complejidad de los servicios y actividades. La guía lo traslada a la IA: las aplicaciones integradas en funciones esenciales o importantes requieren medidas de seguridad y control más amplias que, por ejemplo, los asistentes de autoservicio basados en IA que están por completo bajo supervisión humana y no intervienen en procesos de decisión (cap. I.2). Los sistemas de IA se evalúan como los sistemas de TIC, según su perfil de riesgo, su complejidad y las funciones a las que dan soporte (cap. II.1). La guía gradúa expresamente según la criticidad en estos puntos:

  • Estrategia de IA: gana peso cuando la IA da soporte a funciones esenciales o importantes (cap. II.2).
  • Funciones de control y auditoría interna: su participación en la implantación depende de la criticidad del sistema de IA (cap. II.2).
  • Pruebas: alcance proporcional a la criticidad (art. 16(2) RTS RMF); pruebas adversarias y pruebas de estrés «en función de la criticidad» (cap. III.2).
  • Detección: registro de eventos basado en el riesgo; umbrales e indicadores de comportamiento anómalo en funciones esenciales o importantes (cap. IV.1).
  • Nube: SLA, estrategia de salida, pruebas de contingencia y derechos de auditoría sin lagunas cuando se da soporte a funciones esenciales o importantes (cap. IV.2).
04Capítulo 4

Estrategia de IA, órgano de dirección y competencias

Según la guía, la gestión del riesgo empieza en el nivel estratégico. Las consideraciones finales lo convierten en una secuencia: primero deben definirse estructuras de gobernanza y organización adecuadas para mitigar los riesgos TIC derivados de los sistemas de IA.

Estrategia de IA y hoja de ruta tecnológica

Según el cap. II.2, las entidades financieras elaboran «a menudo» una estrategia de IA alineada con la estrategia global, la estrategia de riesgos y, en su caso, la estrategia de TIC y la estrategia de resiliencia operativa digital, y la someten a la aprobación del órgano de dirección, ya sea como estrategia independiente o integrada en una estrategia de nivel superior. Su peso aumenta sobre todo cuando la IA da soporte a funciones esenciales o importantes. Puede servir de base una hoja de ruta tecnológica que fije los recursos, las capacidades y las inversiones de TIC para el uso de la IA; una gestión continua de la innovación ayuda a evaluar nuevas tecnologías de IA. Resulta conveniente cubrir y documentar en un proceso todos los pasos, desde la estrategia hasta la retirada, pasando por el desarrollo. Según la guía, es importante comprobar antes de la implantación si los procesos pertinentes están diseñados para la IA y si existe sensibilización sobre el manejo de los activos de información.

Obligación y práctica de un vistazo

TemaObligación según DORAPráctica según la guía
ResponsabilidadResponsabilidad última del órgano de dirección en la gestión del riesgo relacionado con las TIC (art. 5(2)(a) DORA)A menudo, aprobación de la estrategia de IA por el órgano de dirección
Conocimientos del órgano de direcciónMantener actualizados los conocimientos y las competencias mediante formación específica periódica (art. 5(4) DORA)Comprensión de la IA lo bastante profunda como para valorar los riesgos del desarrollo de software (cap. III.1)
Competencias de la plantillaProgramas de concienciación y formación adecuados a cada ámbito de funciones (art. 13(6) DORA)Formación en IA, fomento del talento, equipos de expertos, transferencia de conocimiento, colaboración entre TI y áreas de negocio
Normas internasMarco de gestión del riesgo relacionado con las TIC con estrategias, políticas y procedimientos (art. 6 DORA)Normas de uso basadas en el riesgo según la criticidad de los datos y el lugar de almacenamiento y tratamiento
Funciones de controlLa guía no cita aquí ninguna norma; punto de partida: art. 6(4) DORA (interpretación de VamiSec)Participación de la función de gestión del riesgo relacionado con las TIC, de las funciones de control y de la auditoría interna según la criticidad, preservando la independencia
Responsabilidad por los resultados de la IASin referencia propia en la guíaFijar responsabilidades por función, p. ej., para el uso de resultados generados por IA en procesos de decisión

Según el cap. II.2, corresponden además al órgano de dirección la responsabilidad global de la estrategia de resiliencia operativa digital y la asignación de recursos presupuestarios adecuados para el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC.

Según el cap. II.2, resulta útil formular directrices generales en consonancia con la estrategia de resiliencia operativa digital y con las políticas y normas de seguridad de la información. Las reglas específicas para los proveedores terceros de servicios TIC y sus servicios deberían tener en cuenta, idealmente, una evaluación de riesgos, las indicaciones del proveedor y medidas propias de reducción del riesgo. Los requisitos generales deberían concretarse para cada caso de uso, comprobando a la vez si hacen falta medidas adicionales específicas de la IA.

Anclaje de las competencias: la guía basa los requisitos de competencia en el art. 5(4) y el art. 13(6) DORA, no en el art. 4 del Reglamento de IA. La regla de alfabetización en materia de IA del Reglamento de IA se aplica en paralelo desde el 2 de febrero de 2025; el Reglamento (UE) 2026/1744 la ha suavizado: en lugar de garantizar, en la mayor medida posible, un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA, deben adoptarse medidas para apoyar el desarrollo de dicha alfabetización.

05Capítulo 5

La IA en el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC

El núcleo de la gestión del riesgo TIC de los sistemas de IA es el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC del art. 6 DORA. La guía no crea una vía especial: los sistemas de IA deben integrarse en el marco existente como cualquier otro activo de TIC, y DORA establece para ello, según las consideraciones finales, «requisitos suficientes».

El art. 6(1) DORA exige un marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC sólido, completo y bien documentado, como parte del sistema global de gestión de riesgos. La guía destaca esta norma en un recuadro de cita y enumera como componentes del marco, entre otros: identificación, protección y prevención, detección, respuesta y recuperación, aprendizaje y evolución, y comunicación (arts. 8 a 11, 13 y 14 DORA). Según la guía, la integración de los sistemas de IA comprende la identificación de vulnerabilidades, por ejemplo en el entrenamiento de modelos, en los pipelines de datos o en la inferencia, así como la evaluación de criterios de riesgo cuantitativos y cualitativos (cap. II.3).

Lo que la guía deriva para cada componente de DORA

DORAComponenteConcreción para la IA según la guía
Art. 8IdentificaciónVulnerabilidades en el entrenamiento, los pipelines de datos y la inferencia; inventario con los componentes de IA (art. 8(4), cap. IV.1)
Art. 9Protección y prevenciónDocumentar y revisar periódicamente medidas como los métodos de entrenamiento adversario o la supervisión de la deriva del modelo; en operación, medidas técnicas de protección frente a ataques adversarios, envenenamiento de modelos y ataques de inferencia (art. 9(3), cap. IV.1)
Art. 10DetecciónSupervisión continua; umbrales e indicadores de comportamiento anómalo en funciones esenciales o importantes (cap. IV.1)
Arts. 11, 12Respuesta, recuperación, copias de seguridadIncluir los sistemas de IA en los planes de continuidad de la actividad según su criticidad; tiempos y puntos de recuperación; copias de seguridad de artefactos de modelo y conjuntos de datos (cap. IV.1)
Art. 13Aprendizaje y evoluciónFormación en IA (art. 13(6)); las lecciones de los incidentes se trasladan a sistemas, modelos, procesos y a la evaluación del riesgo TIC (art. 13(3))
Art. 14ComunicaciónMencionada como componente, sin concreción específica para la IA

El cap. II.3 cita el art. 8 y el art. 9 DORA de forma general; los ejemplos de IA son concreciones de la guía. El art. 12 DORA no aparece hasta el cap. IV.1.

Importante para la delimitación: el caso práctico considera que las alucinaciones no son directamente relevantes desde el punto de vista de las TIC (fase 4). De los aspectos de la calidad de los datos, solo la integridad es un objetivo de protección de DORA; para los demás, el Reglamento no contiene disposiciones (cap. V.2). La supervisión de la deriva del modelo aparece como medida de tratamiento que debe documentarse, no como un riesgo TIC propio. La guía sitúa los requisitos de calidad de los datos como componente típico de las estructuras de gobernanza de la IA; una alta calidad de los datos, sobre todo de los de entrenamiento, sigue siendo un requisito esencial para el uso de la IA.

Revisión anual e informe

Es obligatorio revisar el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC al menos una vez al año, así como tras incidentes graves relacionados con las TIC, instrucciones supervisoras o conclusiones derivadas de pruebas y auditorías (art. 6(5) DORA). A petición de la autoridad competente debe presentarse un informe sobre la revisión; el art. 27 RTS RMF exige para ello un formato electrónico que permita búsquedas. Entre los contenidos obligatorios según el art. 27(2) RTS RMF figuran, entre otros, un resumen del perfil de riesgo TIC actual y a corto plazo y del panorama de amenazas, la fecha de aprobación por el órgano de dirección, los hallazgos con su nivel de gravedad y las medidas correctoras con plazos y responsables. La guía añade que, si es necesario, el informe puede enriquecerse con información específica sobre los sistemas de IA.

06Capítulo 6

Desarrollo, end-user computing y código generado por IA

Cuando las entidades financieras desarrollan IA por sí mismas, lo hacen por lo general dentro de los procesos ordinarios previstos: con pleno control sobre el software y los modelos, pero también con todas las obligaciones de los arts. 15 a 17 RTS RMF. Lo nuevo es la amplitud: los asistentes de IA pueden convertir en desarrolladores a áreas de negocio ajenas a la función de TIC.

Competencias: quién debe saber qué

Según el cap. III.1, el personal con tareas de IA se enfrenta al reto de adquirir competencias sobre el funcionamiento de los sistemas de IA, sus riesgos y las particularidades de la operación en la nube y on-premise; cuanto más técnica sea la tarea, más específico ha de ser el conocimiento. Dado el rápido progreso, la guía considera necesarias una formación periódica y una observación continua de la dinámica de desarrollo. Para el órgano de dirección y los mandos directivos remite al art. 5(4) y al art. 13(6) DORA. Cuando las áreas de negocio crean sus propias aplicaciones con ayuda de asistentes de IA, cita el art. 16(9) RTS RMF: esta norma sustenta el tratamiento equivalente del end-user computing (EUC), mientras que las obligaciones de competencia derivan del propio DORA.

Obligación y práctica en el proceso de desarrollo

TemaObligación según el RTS RMFPráctica según la guía
Gestión de proyectosPolítica con objetivos, gobernanza, evaluación de riesgos del proyecto, pruebas y aprobación antes del paso a producción; informe al órgano de dirección en proyectos para funciones esenciales o importantes (art. 15)Gestión de proyectos sólida a lo largo de la planificación, el desarrollo, las pruebas, el despliegue y la operación
EspecificaciónEspecificaciones técnicas y requisitos de seguridad de las TIC, protección frente a la manipulación (art. 16(1))Además, descripción de los algoritmos, datos y parámetros utilizados
CambiosGestión de cambios con aprobación independiente, pruebas, procedimientos alternativos y cambios de emergencia (art. 17(1))Todo cambio en el software o el hardware de los sistemas de IA está sujeto normalmente a una gestión de cambios estricta con revisión independiente
Control de versionesSin obligación expresa; se cita el art. 17(1) y (2), y lo determinante son la documentación (letra d) y los procedimientos alternativos (letra e)Control de versiones y archivo sistemático de todas las versiones y parámetros de los modelos
End-user computingLos apdos. 1 a 8 se aplican, con un enfoque basado en el riesgo, también a los sistemas desarrollados u operados fuera de la función de TIC, p. ej., como desarrollos de usuario final (art. 16(9))Si el desarrollo de IA fuera de la función de TIC resulta imprescindible, sigue los mismos procesos
Entorno de desarrolloProtección de los datos en entornos que no son de producción (art. 16)Entorno seguro y aislado para experimentos y pruebas; pruebas unitarias, pruebas de integración, revisiones de código

La guía suele citar de forma general «art. 16 RTS RMF» o «art. 17 RTS RMF»; los apartados indicados son precisiones de VamiSec. Para el entorno de desarrollo aislado no menciona ninguna norma: la asignación al art. 16 RTS RMF es una clasificación de VamiSec.

Proceso de entrenamiento: cuatro enfoques que, según la guía, han resultado útiles

  • Los datos de entrenamiento y de prueba proceden de fuentes fiables.
  • Las bibliotecas (de código abierto) y los paquetes de software utilizados en el entrenamiento no contienen vulnerabilidades conocidas.
  • Todo el proceso de entrenamiento se documenta y se versiona.
  • Los análisis de seguridad detectan manipulaciones ocultas en el modelo o en los datos de entrenamiento.

Según el cap. III.1, las bibliotecas de código abierto —en el caso extremo, un modelo de código abierto implementado, entrenado y operado en hardware propio— entrañan dos riesgos adicionales: la introducción de código malicioso y bibliotecas que dejan de mantenerse al cabo de unos años y arrastran vulnerabilidades identificadas pero no corregidas. Al código generado por IA se le aplican las mismas reglas que al escrito por personas. El reto consiste en comprobar si invoca funciones de IA desconocidas para el usuario; esto puede determinarse, entre otros medios, mediante análisis estático de código (art. 16(3) RTS RMF). Los análisis más profundos del código fuente pueden aportar una seguridad adicional, y una documentación adecuada ha demostrado ser recomendable para las pruebas posteriores.

07Capítulo 7

Pruebas de IA: de la revisión del código fuente a las pruebas adversarias

Los sistemas de IA desarrollados internamente y por terceros deben analizarse y probarse con los mismos estándares, según las consideraciones finales. Las obligaciones centrales figuran en el art. 16 RTS RMF; la guía muestra dónde chocan con sus límites las pruebas de la IA y qué formas de prueba han resultado adecuadas.

Lo que el RTS RMF regula con carácter vinculante

Las entidades financieras deben desarrollar, documentar e implementar pruebas. El alcance de las pruebas debe ser proporcional a la criticidad de los procesos de negocio y activos de TIC afectados y comprobar si los nuevos sistemas de TIC —y, por tanto, los sistemas de IA— son adecuados para su finalidad prevista (art. 16(2) RTS RMF). Antes de su uso en producción, el código fuente debe revisarse en busca de anomalías con métodos estáticos y dinámicos, incluidas pruebas de seguridad de los sistemas expuestos a internet (art. 16(3) RTS RMF). El software propietario y, cuando sea posible, el código fuente de proveedores terceros de servicios TIC y de proyectos de código abierto deben analizarse y probarse antes de su puesta en producción (art. 16(8) RTS RMF).

Tres retos específicos de la IA (cap. III.2)

IA oculta

Un reto es detectar si las aplicaciones integran modelos de IA externos, por ejemplo a través de API: así, un software concebido como aplicación sin IA puede convertirse en un sistema de IA. En las bibliotecas de código abierto conviene asegurarse de que no contienen funciones de IA con riesgos desconocidos o no mitigables (art. 16(3) RTS RMF).

IA generativa

Los LLM, con miles de millones de parámetros, sirven para fines generales y por eso son más difíciles de probar que el software diseñado para un propósito concreto. Las pruebas pueden aprovechar la estructura interna (probabilidades de un flujo de tokens para un prompt) o ser agnósticas (preguntas de prueba evaluadas por personas o por otro modelo).

Cambios de modelo no anunciados

Los modelos obtenidos de terceros pueden cambiar sin previo aviso. El cap. IV.2 añade: la evaluación de riesgos previa a la contratación con un proveedor de nube (art. 28(4)(c) DORA) debería tener en cuenta el reentrenamiento o los cambios en la estructura del modelo aunque los realice únicamente el proveedor.

Componentes de prueba según la criticidad

Componente de pruebaBasesin función esencial o importantecon función esencial o importante
Pruebas y aprobación antes del uso y tras el mantenimientoObligación: art. 16(2) RTS RMFPrueba de idoneidad con aprobación documentadaProfundidad de prueba completa, pruebas de regresión tras cada cambio de modelo
Revisión del código fuente, código de terceros y de código abiertoObligación: art. 16(3) y (8) RTS RMFAntes del paso a producción, incl. búsqueda de funciones de IA ocultasAdemás, revisiones manuales más profundas
Pruebas de IA generativa específicas del caso de usoPráctica: caso práctico, fase 2Catálogo de preguntas de prueba con evaluación agnósticaCombinación de métodos basados en la estructura y agnósticos
Pruebas adversarias, p. ej., envenenamiento de datos, ataques de evasiónPráctica: cap. III.2Cuando haya motivoPeriódicamente y antes de cambios importantes
Pruebas de penetración adversarias, red teamingPráctica: cap. III.2; caso práctico, fase 2Si hay accesibilidad externaPeriódicamente, en su caso en coordinación con el proveedor de nube
Pruebas de estrés: distribuciones de datos alteradas, sobrecargaPráctica: cap. III.2Si hay riesgos de escaladoPeriódicamente
Participación del fabricantePráctica: cap. III.2Solicitar evidencias de las pruebasAcordar por contrato la participación en las pruebas y las evidencias
Programa de pruebas de resiliencia operativa digitalObligación: arts. 24 y 25 DORABasado en el riesgo dentro del programa de pruebasAl menos una vez al año (art. 24 DORA)

Columnas tercera y cuarta: graduación de VamiSec basada en el art. 4 DORA y el art. 16(2) RTS RMF, no una afirmación de la BaFin. El programa de pruebas del art. 24 DORA afecta a las entidades que no son microempresas; la guía deja expresamente fuera las pruebas avanzadas basadas en TLPT (arts. 26 y 27 DORA) (cap. V.1).

08Capítulo 8

Operación: inventario, capacidad, detección, continuidad

Para la operación de los sistemas de TIC deben definirse procesos; en el caso de la IA, idealmente teniendo en cuenta si se conecta un LLM de un proveedor de nube o si se ejecuta software desarrollado internamente en el centro de datos propio. El cap. IV.1 repasa una a una, aplicadas a la IA, las obligaciones de operación de DORA y del RTS RMF.

Los procesos de operación han de cubrir todo el ciclo de vida —desarrollo, instalación, operación y desinstalación— y documentar todas las actividades de operación, por ejemplo los logs de los procesos de inferencia del modelo (art. 8 RTS RMF). Los activos de información y de TIC, incluidos los componentes de IA, deben identificarse, clasificarse, documentarse y supervisarse de forma continua (art. 8(4) DORA, en relación con los arts. 4 y 5 RTS RMF; véase el capítulo 2). La guía califica los derechos de acceso basados en roles a los modelos de IA y a los datos de entrenamiento como una herramienta eficaz que debe revisarse y documentarse periódicamente; el art. 21 RTS RMF exige el principio de mínimo privilegio y una revisión de los derechos al menos una vez al año, y al menos cada seis meses en los sistemas que dan soporte a funciones esenciales o importantes.

Los componentes de la operación de un vistazo

ComponenteAnclaje normativoConcreción para la IA según el cap. IV.1
Capacidad y rendimientoArt. 9 RTS RMFRevisar periódicamente las necesidades de recursos y el rendimiento; supervisión automatizada de la eficiencia y la escalabilidad de la infraestructura de IA
Protección en la operaciónArt. 9(3) DORAMedidas técnicas frente a ataques adversarios, envenenamiento de modelos y ataques de inferencia
DetecciónArt. 10 DORASupervisión continua para detectar pronto las desviaciones respecto del comportamiento esperado
Vulnerabilidades y parchesArt. 10 RTS RMFAnálisis automatizados de bibliotecas, frameworks y código fuente; plazos de parcheo y vías de escalado claros
Registro de eventos y umbralesArt. 10(1), párr. segundo, en relación con el art. 10(2) DORARegistro de eventos basado en el riesgo de las decisiones de IA, las versiones de modelo y los datos de entrenamiento, en la medida en que lo permita la normativa de protección de datos; umbrales de comportamiento anómalo en funciones esenciales o importantes
Continuidad de la actividadArt. 11(4) y (6)(a), art. 12(6) y art. 28 DORA; art. 25 RTS RMFIncluir los sistemas de IA en los planes según su criticidad; tiempos y puntos de recuperación; pruebas al menos una vez al año; implicar a los proveedores terceros de servicios TIC de los que se obtiene la IA
Copias de seguridad y redundanciaArt. 12(1) a (4) y (7) DORACopias de seguridad de artefactos de modelo y conjuntos de datos según la criticidad y la confidencialidad; redundancias según las necesidades del negocio; si se accede por API, normalmente es tarea del proveedor
AprendizajeArt. 13(3) DORALas lecciones de los incidentes y de la activación de los planes se trasladan a sistemas, modelos, procesos y a la evaluación del riesgo TIC

La redacción muestra qué es obligación y qué es práctica: los planes «deben» probarse al menos una vez al año (art. 11(6)(a) DORA), y el art. 10 RTS RMF exige análisis automatizados de vulnerabilidades al menos semanales para los activos que dan soporte a funciones esenciales o importantes. En cambio, la guía describe la supervisión continua, el registro exhaustivo de las decisiones de IA y los umbrales de comportamiento anómalo específicos de la IA como útiles, recomendables o ventajosos; la obligación general de contar con mecanismos de detección con umbrales de alerta (art. 10(1) y (2) DORA) no se ve afectada. Para la operación y el mantenimiento de un asistente de IA (fases 4 y 5), el caso práctico añade una supervisión de las interacciones con la IA adaptada a cada situación, actualizaciones automatizadas, un plan de respuesta a incidentes de seguridad (SIRP) y un panel de cumplimiento con la versión del modelo, las evaluaciones de riesgos y las responsabilidades. La desinstalación se trata en el capítulo 9.

Evidencias que puede presentar (VamiSec)

  • Inventario de IA con componentes, criticidad, propietario, origen de los datos y fechas de fin de soporte de los proveedores, incluidas las fechas de obsolescencia de las versiones de modelo
  • Planificación de capacidad y análisis de la monitorización de la infraestructura de IA
  • Diseño del registro de eventos con umbrales y evidencia de la verificación de su eficacia
  • Recertificación de los derechos de acceso a modelos y datos de entrenamiento
  • Actas de las pruebas de los planes de continuidad de la actividad con escenarios de caída de la IA
09Capítulo 9

Desinstalación y fin de vida: retirar los sistemas de IA de forma segura

La retirada decide si los modelos, los datos de entrenamiento y los registros de interacción desaparecen de forma controlada cuando un sistema de IA llega a su fin o si siguen existiendo sin supervisión. La guía profundiza en esta fase en dos lugares: como proceso operativo en el cap. IV.1 y como fase 6 del caso práctico. El anclaje normativo es escueto, pero vinculante: art. 8(2)(a)(i) RTS RMF.

La guía ya identifica el riesgo en el cap. II.1: la reutilización incontrolada o la eliminación insegura de aplicaciones de IA pone en peligro datos sensibles del modelo o de la empresa. El caso práctico es más concreto: los datos y modelos históricos pueden utilizarse de forma indebida o quedar expuestos públicamente sin querer. De ahí concluye que la retirada de los LLM y de las fuentes de datos asociadas debe planificarse «como en todos los activos de TIC». Ya el cap. II.2 sugiere cubrir y documentar en un único proceso todos los pasos relevantes para la IA, desde la estrategia hasta la retirada.

Obligación, práctica, recomendación: claramente separadas

NivelContenidoReferencia
ObligaciónLas políticas de operaciones de TIC regulan la instalación, el mantenimiento, la configuración y la desinstalación seguros de un sistema de TIC y, por tanto, también de un sistema de IA.Art. 8(2)(a)(i) RTS RMF
ObligaciónLa política de activos gestiona el ciclo de vida de los activos de TIC; los registros incluyen, entre otros datos, los propietarios, las interdependencias y las fechas de fin del soporte de los proveedores terceros de servicios TIC.Art. 4, en particular art. 4(2)(b), RTS RMF
ObligaciónLos derechos de acceso se retiran sin demora cuando una persona deja la entidad y se revisan al menos una vez al año; en los sistemas que sustentan funciones esenciales o importantes, al menos cada seis meses.Art. 21 RTS RMF
Práctica según la guíaRegular la desinstalación en políticas y procedimientos, eliminar de forma irrecuperable los modelos de IA tras su borrado y regular la desactivación de las versiones obsoletas de los modelos «para evitar usos indebidos».Cap. IV.1
Práctica según el caso prácticoBorrar conforme al RGPD todos los datos utilizados y las interacciones históricas con la IA, aplicar el borrado criptográfico (cryptographic wiping) y bloquear el asistente de IA para cuentas caducadas y antiguos empleados.Caso práctico, fase 6
Anclaje complementario (interpretación de VamiSec)Borrado seguro de datos y eliminación segura de soportes de datos; gestión de claves hasta su destrucción.Art. 11(2) RTS RMF; art. 7 RTS RMF

Para la desinstalación, la guía cita únicamente el art. 8(2)(a)(i) RTS RMF; los arts. 4 y 21 RTS RMF los emplea en el cap. IV.1 para el inventario y los derechos de acceso, y los arts. 7 y 11 RTS RMF, en el cap. V.

Un sistema de IA deja tras de sí algo más que una aplicación. Entre los activos de información y de TIC, la guía incluye, entre otros, los conjuntos de datos de entrenamiento, las implementaciones de modelos, las bibliotecas de software, el hardware y el software de desarrollo propio y de terceros (cap. IV.1); para el borrado, el caso práctico añade las interacciones históricas con la IA. Según nuestra experiencia, las bases de conocimiento RAG, las copias de modelos en los backups y las claves de API y cuentas de servicio pertenecen a la misma lista.

Runbook de retirada (recomendación de VamiSec)

  1. Definir el desencadenante y el alcance

    La retirada, el cambio de versión y el cambio de proveedor activan el mismo proceso. Derivar del inventario de IA todos los artefactos: versiones de modelos, datos de entrenamiento, bases de conocimiento, logs, interfaces y cuentas.

  2. Cortar las dependencias

    Desactivar interfaces, cuentas de servicio y claves de API; bloquear los accesos de los usuarios (art. 21 RTS RMF). Desactivar de forma expresa las versiones obsoletas de los modelos, no limitarse a sacarlas del enrutamiento.

  3. Ponderar conservación frente a borrado

    A los registros se aplican los plazos de conservación fijados conforme al art. 12 RTS RMF; a las interacciones con datos personales, el RGPD. Resolver el conflicto antes del borrado y dejarlo documentado.

  4. Borrar de forma irrecuperable

    Borrar modelos, datos y copias, también en los backups y en el proveedor; cuando sea posible, mediante borrado criptográfico por destrucción de las claves (art. 7 RTS RMF).

  5. Acreditar y cerrar el inventario

    Archivar el registro de borrado y la confirmación del proveedor, cambiar el estado en el inventario a «retirado» e incorporar las conclusiones a la evaluación de riesgos TIC.

Las medidas del caso práctico son ilustrativas; lo vinculante es el requisito de desinstalación del RTS RMF. En la IA en la nube, el borrado en el proveedor forma parte, a nuestro juicio, de la planificación de la salida (capítulo 10).

10Capítulo 10

Nube y terceros: diligencia debida, subexternalización, salida

Numerosos sistemas de IA solo pueden operarse con servicios en la nube; de ahí la gran relevancia del riesgo relacionado con las TIC derivado de terceros (cap. II.1). Para abordarlo, el cap. IV.2 de la guía traslada a la IA cinco temas de la comunicación supervisora sobre la nube del 1 de febrero de 2024 y los ancla, sobre todo, en los arts. 28 a 30 DORA.

El modelo estructural es la comunicación supervisora sobre externalizaciones a proveedores de servicios en la nube (Aufsichtsmitteilung): la evaluación conjunta de la BaFin y el Deutsche Bundesbank, versión revisada de la orientación sobre la nube de noviembre de 2018. Algunos de sus aspectos «también pueden trasladarse […] a los sistemas de IA» (cap. IV.2). Persiste una diferencia terminológica: la comunicación supervisora razona en términos de externalizaciones (significativas); DORA, en términos de funciones esenciales o importantes.

Componente (comunicación supervisora sobre la nube)Derivación específica para la IA según la guíaAnclaje normativo
Evaluación de riesgos y diligencia debida (cap. III.2)Evaluación e inventario de riesgos de la aplicación de IA antes de firmar el contrato (materialidad, sensibilidad de los datos, requisitos técnicos); incluir los cambios del modelo por parte del proveedor, como un reentrenamiento; comprobar la idoneidad del proveedor; evaluar la salida de datos —también hacia el proveedor— y los conflictos de intereses.Art. 28(4)(c), (d) y (e) DORA
Ciberseguridad y seguridad de la información (cap. IV.2)Identificar vectores de ataque como los ataques adversarios y el envenenamiento de datos en entornos de entrenamiento o inferencia alojados externamente; evaluar a los proveedores según sus normas de seguridad, certificaciones y protección de datos; en funciones esenciales o importantes, tener en cuenta las normas de calidad más actualizadas y elevadas.Art. 28(5) DORA (normas de seguridad)
Contratos y subcontratación (cap. III.5)Regular con claridad si el proveedor puede recurrir a subcontratistas y en qué condiciones (subexternalización); en la subcontratación específica de IA para funciones esenciales o importantes (bibliotecas de ML, granjas de GPU, servicios de seguridad para IA), saber en todo momento quién trata los datos, dónde y cómo repercuten las cadenas largas; SLA también sobre latencia y capacidad de cómputo.Art. 30(2)(a) y (b), art. 29(2), art. 30(3)(a) y (c) DORA; art. 3(6) ITS del registro de información
Derechos de auditoría y control (caps. III.5 y III.5.3)Derechos de auditoría y control sin lagunas, también frente a los subcontratistas, por ejemplo para acceder a los logs de IA, los entornos de entrenamiento y las medidas de seguridad; comprobar si el proveedor cumple las «expectativas regulatorias»; derecho de auditoría del supervisor y de la entidad financiera ante el proveedor de nube.Art. 3(1)(c), (d) y (j) y art. 4(1)(j) RTS de subcontratación; art. 30(3)(e) DORA
Estrategia de salida (cap. IV.4)Garantizar la exportación de modelos, datos de entrenamiento y scripts de configuración; acordar los formatos de exportación (p. ej., imágenes Docker, instantáneas de almacenamiento) antes de firmar el contrato; guardar los datos periódicamente con independencia del proveedor; evaluar la dependencia del proveedor (vendor lock-in); probar escenarios de emergencia como una caída de la nube.Art. 28(7) y (8), art. 30(3)(f) DORA

En el cap. IV.2, el art. 28(5) DORA solo respalda las normas de seguridad, no la frase sobre los vectores de ataque.

Dónde empieza la obligación

Lo vinculante es el propio DORA: antes de celebrar cualquier acuerdo sobre servicios TIC deben evaluarse los riesgos y cumplirse las obligaciones de diligencia debida (art. 28(4) DORA); los contenidos mínimos del art. 30(2) DORA se aplican a todos los contratos. Los contenidos contractuales adicionales (art. 30(3)), las estrategias de salida (art. 28(8)) y el RTS de subcontratación solo entran en juego en funciones esenciales o importantes. Por ello, a nuestro juicio, un asistente de redacción que no interviene en decisiones necesita un conjunto contractual más ligero que un modelo de scoring en una función esencial o importante; aun así, la clasificación debe documentarse (art. 8(1) DORA).

Tres matices en las citas

  • El art. 3(6) ITS del registro de información regula el identificador de los subcontratistas (LEI o EUID); la obligación de registrarlos figura en el art. 3(2)(b).
  • El art. 28(8), párrafo tercero, DORA se refiere a las pruebas de los planes de salida; las pruebas de contingencia de funciones esenciales o importantes externalizadas se apoyan con más precisión en el art. 11(4) DORA, citado en el cap. IV.1 (interpretación de VamiSec).
  • Para la devolución de los datos y su formato, la base más precisa es el art. 30(2)(d) DORA; la BaFin no lo cita (interpretación de VamiSec).
11Capítulo 11

Ciberseguridad para sistemas de IA: políticas, redes, permisos, pruebas

Los sistemas de IA son objetivos de ataque atractivos porque procesan datos sensibles y pueden estar integrados en procesos de decisión (cap. V.1). La guía no inventa para ello una nueva arquitectura de seguridad: recorre las obligaciones existentes de DORA y de los RTS aplicándolas a la IA y añade cinco medidas prácticas adaptadas a la IA.

El punto de partida es el art. 9(2) DORA: las entidades financieras diseñan, adquieren e implantan políticas, procedimientos, protocolos y herramientas de seguridad de las TIC. Según la guía, los sistemas de IA deberían tenerse debidamente en cuenta en ellos, con medidas de seguridad de la red, de transmisión de datos (art. 2(1) RTS RMF) y de protección frente al uso indebido de los datos. Para la IA, esto significa que, además de los accesos a los modelos, hay que proteger el intercambio de datos entre los datos de entrenamiento, los componentes del modelo y los usuarios finales.

Ámbito de actuaciónLo que la guía menciona para la IAAnclaje
Seguridad de los sistemasCortafuegos, IDS/IPS y modelos de confianza cero (zero trust); prevención de la pérdida de datos (DLP) frente a la sustracción de datos de IA; pruebas de resiliencia especializadas frente a ataques adversarios y manipulación de conjuntos de datosArt. 11 RTS RMF
Seguridad de la redSegmentación según la criticidad, reglas de cortafuegos, comunicaciones de red cifradas; proteger el acceso a la red de forma física y/o técnica, con un enfoque basado en el riesgoArt. 9 DORA; art. 13, en particular art. 13(a), RTS RMF
Bastionado de la redProxies web también para el tráfico cifrado, cortafuegos de aplicaciones web y pasarelas de API, protección DDoS, accesos VPN con cierre automático de las sesiones remotasArt. 13(g), (k) y (l) RTS RMF (asignación de VamiSec)
PermisosAutenticación y autorización, control de acceso basado en roles (RBAC), registro exhaustivo de todos los accesos a los datos y de sus modificacionesArt. 9(4)(c) DORA; art. 21(a) RTS RMF
RegistrosRegistrar todos los eventos y actividades relevantes de los sistemas de IA, para garantizar la trazabilidad y detectar actividades anómalas; el art. 12 RTS RMF exige expresamente proteger los registros frente a manipulacionesArt. 12 RTS RMF
Cambios de emergenciaProcesos propios de aprobación y evaluación para cambios urgentes en los sistemas de IAArt. 17(1)(f) y (g) RTS RMF
Pruebas de resilienciaPruebas periódicas de la resiliencia operativa digital; en este punto, la guía no aborda las TLPT de los arts. 26 y 27 DORAArts. 24 y 25 DORA

Cinco buenas prácticas para sistemas de IA

  • Supervisión continua en tiempo real para detectar comportamientos anómalos, p. ej., patrones de decisión inesperados
  • Mecanismos de protección frente a entradas adversarias, como los mecanismos de filtrado
  • Registro de las salidas relevantes y de las llamadas a la API para análisis posteriores
  • Actualizaciones periódicas del sistema de IA frente a nuevas amenazas
  • Plan de emergencia para incidentes de seguridad en el sistema de IA

Importante para la acreditación: la guía presenta estas cinco medidas como buenas prácticas a continuación de la referencia a los arts. 24 y 25 DORA, pero no las fundamenta en esos artículos. La obligación es el programa de pruebas; cómo se configura para la IA es práctica. Las frecuencias estrictas figuran en el texto jurídico:

1× por semanacomo mínimo: análisis automatizados de vulnerabilidades de los activos que sustentan funciones esenciales o importantes (art. 10 RTS RMF)
6 mesesintervalo máximo para revisar las reglas de cortafuegos y los derechos de acceso en sistemas que sustentan funciones esenciales o importantes (art. 13(h), art. 21 RTS RMF)
1× al añocomo mínimo: pruebas de todos los sistemas que sustentan funciones esenciales o importantes (art. 24 DORA; no aplicable a microempresas)

La guía contempla la IA, sobre todo, como objetivo de ataque. Con el aviso ESRB/2026/3 de la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), del 25 de junio de 2026, y la carta del BCE del 7 de julio de 2026, la IA pasa a considerarse además una herramienta de ataque: la JERS describe modelos de frontera que encuentran vulnerabilidades y generan exploits funcionales; el BCE ha pedido a las entidades significativas que presenten un plan de acción a su Equipo Conjunto de Supervisión (JST) a más tardar el 31 de octubre de 2026. A nuestro juicio, ambos apuntan sobre todo a un ámbito que el art. 10 RTS RMF ya regula: la gestión de vulnerabilidades y parches, solo que a un ritmo mucho mayor.

12Capítulo 12

Seguridad y calidad de los datos: primero, la clasificación

Las entidades financieras tratan datos confidenciales, y los sistemas de IA multiplican las vías por las que esos datos se leen, copian y transmiten. Por eso, el cap. V.2 de la guía sitúa la clasificación al principio y separa con claridad lo que regula DORA: la integridad de los datos, sí; en lo demás, la calidad de los datos, no.

Según la guía, la clasificación por confidencialidad, integridad y disponibilidad es la «base más importante» para un tratamiento y un almacenamiento seguros: determina cómo y dónde pueden tratarse y almacenarse los datos; según el cap. V.2, es un complemento útil para operar IA en la nube. Se citan el art. 5(2)(b) y el art. 11(2)(k) RTS RMF. En sentido estricto, la letra b) regula criterios para evaluar la criticidad de los activos y la letra k), requisitos para los activos operados por proveedores terceros de servicios TIC; la obligación general de clasificar los activos de información y de TIC figura, según nuestra lectura, en el art. 8(1) DORA.

TemaObligación (RTS RMF)Derivación para la IA según la guía
CifradoPolítica basada en la clasificación de datos aprobada y en la evaluación de riesgos TIC: datos almacenados, en tránsito y, cuando sea necesario, en uso; si no es posible, tratamiento en un entorno separado y protegido o medidas equivalentes (art. 6(2))Cifrar los sistemas de IA en función de la clasificación y la evaluación de riesgos
Gestión de clavesCiclo de vida de las claves criptográficas desde su generación hasta su destrucción; registro de los certificados (art. 7)Proteger los canales de comunicación entre componentes de IA con claves gestionadas
TransmisiónDisponibilidad, autenticidad, integridad y confidencialidad en la transmisión; prevenir y detectar fugas de datos; supervisar el cumplimiento (art. 14)Proteger las transmisiones entre componentes de IA y hacia servicios externos, p. ej., frente a fugas de datos
Operación por tercerosRequisitos de resiliencia para los activos operados por proveedores terceros de servicios TIC, conforme a la clasificación y la evaluación de riesgos (art. 11(2)(k))Citado para la clasificación de todos los datos; pertinente sobre todo para la IA operada en la nube

Buenas prácticas, adaptables a cada entidad

  • Cifrado y firma de los modelos frente a modificaciones no autorizadas
  • Operación en entornos seguros, p. ej., contenedores
  • Modelo de confianza cero para el acceso a los servicios de IA
  • Protección frente a ataques de inyección; limitación de tasa (rate limiting) frente a la denegación de servicio

Para los asistentes LLM, el caso práctico sitúa la protección ya en el origen: detección automatizada de datos confidenciales, privacidad diferencial (differential privacy) frente a inferencias a partir de consultas múltiples, tokenización de los datos sensibles antes de su tratamiento y, para la variante 3, un nivel de autorización de datos más bajo que los usuarios no puedan rebasar por su cuenta (caso práctico, fase 1 y variante 3).

Calidad de los datos: solo la integridad es objetivo de protección de DORA

Según la guía, la calidad de los datos abarca normalmente la exhaustividad, la exactitud, la validez, la coherencia, la adecuación o representatividad y la integridad. Solo la integridad es un objetivo de protección de DORA; para los demás aspectos, el Reglamento no contiene normas. Aun así, la exactitud, la fiabilidad y el rendimiento de la IA dependen de ellos, sobre todo en los datos de entrenamiento; por eso, las pautas sobre calidad de los datos suelen tener su lugar en la gobernanza de la IA. En consonancia, el caso práctico incluye las alucinaciones entre los retos que no son directamente relevantes para las TIC.

El cap. V.2 se apoya exclusivamente en el RTS RMF (arts. 5, 6, 7, 11 y 14); en esta sección, la guía no cita ningún artículo de DORA.

13Capítulo 13

Detectar, clasificar y notificar incidentes de IA

Si un incidente en un sistema de IA afecta a la seguridad de las redes y los sistemas de información, vulnera objetivos de protección de los datos o perjudica a los servicios prestados, es un incidente relacionado con las TIC, con las mismas obligaciones de registro, gestión y, si es grave, notificación que cualquier otro. El cap. V.3 de la guía añade lo que hace especiales a los incidentes de IA: las manipulaciones de sistemas de IA pueden causar en poco tiempo daños operativos considerables, por lo que se necesitan mecanismos de respuesta rápidos.

733incidentes TIC notificaron las entidades financieras a la BaFin en 2025 (periodo de referencia: del 17 de enero al 31 de diciembre de 2025)
aprox. 50 %de los incidentes TIC notificados se debieron a problemas en terceros
aprox. 11 %de los incidentes TIC notificados fueron incidentes de ciberseguridad
aprox. 1.200entidades financieras sufrieron en 2025 al menos un incidente TIC

Las cifras proceden del análisis de la BaFin sobre los incidentes TIC de 2025 notificados en el marco de DORA y del artículo del BaFinJournal «Vernetzung vervielfacht IT-Risiken» («La interconexión multiplica los riesgos de TI»), del 16 de julio de 2026, que presenta ese análisis. Abarcan todos los incidentes TIC notificados; la BaFin no publica cifras específicas de la IA. Aun así, la proporción atribuible a terceros es instructiva: a nuestro juicio, quien obtiene un modelo a través de una API depende también de la situación de incidentes de su proveedor.

NormaObligaciónDerivación para la IA según la guía
Art. 17 DORADefinir, establecer y aplicar un proceso de gestión de incidentes relacionados con las TIC: registrar todos los incidentes, determinar sus causas, clasificarlos y escalarlosRegistrar como incidentes relacionados con las TIC los incidentes causados por sistemas de IA o vinculados a ellos que afecten a la seguridad, a los objetivos de protección de los datos o a los servicios; es recomendable marcarlos como incidentes de IA
Art. 22 RTS RMFPolítica de gestión de incidentes con mecanismos técnicos, organizativos y operativosIdealmente, la política aborda también los sistemas de IA
Art. 19 DORANotificar los incidentes graves relacionados con las TIC a la autoridad competente mediante notificación inicial, informe intermedio e informe final; informar sin demora indebida a los clientes cuando se vean afectados sus intereses financierosLa obligación de notificación puede abarcar también incidentes en sistemas de IA

No todo incidente relacionado con las TIC en un sistema de IA debe notificarse, pero todos deben registrarse (art. 17 DORA). La gravedad de un incidente se determina con los criterios de clasificación del art. 18 DORA, que la propia guía no cita. Las ciberamenazas importantes pueden notificarse de forma voluntaria (art. 19 DORA).

Buenas prácticas según la guía

  1. Identificar amenazas específicas de la IA

    Identificar de forma específica las amenazas propias de la IA, p. ej., la manipulación de los datos de entrenamiento.

  2. Detectar incidentes de IA

    Detectar errores del modelo, pérdidas de datos o problemas de rendimiento de modo que se pueda actuar de inmediato.

  3. Analizar el impacto y clasificar la gravedad

    Análisis del impacto, por ejemplo en cuanto a pérdida de datos, y clasificación de los niveles de gravedad.

  4. Integrar en la respuesta a incidentes

    Integrar los incidentes de los sistemas de IA en el plan general de respuesta a incidentes, con los roles y las vías de comunicación y escalado que el art. 17 DORA ya prescribe.

  5. Analizar las causas y aprender

    Análisis detallado de las causas raíz para corregir vulnerabilidades sistemáticas en modelos y procesos y evitar de forma duradera que se repitan.

Para la IA en la nube, la guía recomienda además acuerdos sobre la notificación de los incidentes TIC que se originen en sistemas de IA, así como recursos internos suficientes y cualificados para la evaluación y la respuesta. Para los asistentes de IA, el caso práctico añade un plan de respuesta a incidentes de seguridad (SIRP) y ciberataques simulados que ponen a prueba los tiempos de respuesta (fase 5).

Perspectiva: la propuesta Ómnibus Digital de la Comisión del 19 de noviembre de 2025 (COM(2025) 837 final) —que no debe confundirse con el Reglamento Ómnibus Digital sobre la IA, ya en vigor, Reglamento (UE) 2026/1744— prevé, entre otras cosas, canalizar las notificaciones del art. 19(1) DORA a través de un punto de entrada único. Se trata de una propuesta; sigue siendo determinante el art. 19 DORA en su versión vigente.

14Capítulo 14

Caso práctico del asistente de IA (LLM): seis fases, tres variantes

El anexo de la guía analiza un uso que la BaFin observa en todo el sector: un asistente de IA basado en LLM que ayuda a los empleados a redactar textos, correos electrónicos y presentaciones, en una empresa que trabaja con datos financieros y de clientes sensibles. El caso práctico aclara expresamente que no formula expectativas supervisoras; todas las medidas son ilustrativas.

Se analizan tres variantes de infraestructura (figura 2): on-premise, nube con la aplicación de IA en el tenant propio y nube con la aplicación de IA fuera del tenant propio. Las formas mixtas son expresamente posibles; en ese caso, habrá que adaptar el análisis de riesgos. El caso práctico no considera los costes de inversión ni los costes corrientes. Las entidades financieras deberían aplicar las medidas más adecuadas para su situación de riesgo específica.

Seis fases: riesgos presentes en todas las variantes

FaseRiesgo principal según el caso prácticoMedidas ilustrativas
1 Obtención y preparación de datosLa aplicación trata datos no autorizados para ese usoClasificación por niveles de confidencialidad, a ser posible automatizada; formación; política de confianza cero y acceso a los datos basado en roles; privacidad diferencial; tokenización; revisión de los datos para detectar sesgos
2 Desarrollo y entrenamiento del modeloEnvenenamiento de datos, envenenamiento del conocimiento en RAG, envenenamiento del modelo, puertas traserasSolo datos verificados y validados, en su caso con un equipo de gobierno del dato; validar la base de conocimiento; control de versiones con reversión (rollback); pruebas específicas por caso de uso; revisar el código fuente de los modelos de acceso público en busca de puertas traseras y código malicioso; asegurar la integridad de los repositorios; auditoría con IA explicable; detección de anomalías; pruebas de penetración y red teaming
3 Despliegue e integración del modeloAccesos no autorizados a sistemas internos, exfiltración de información del modeloEntorno de nube aislado sin acceso directo a internet; contenerización; MFA; acceso condicional con dispositivos corporativos; revisar las interfaces con intervención humana (human-in-the-loop); API cifradas; limitación de tasa y protección DDoS
4 Operación y usoExtracción de información sensible, inyección de prompts, divulgación a personas no autorizadas, acceso a sistemas conectadosHerramientas de explicabilidad; formación en seguridad de la IA; analizar y limitar los efectos de los prompts; supervisión contextual y detección de anomalías; derechos de acceso y aislamiento; restringir el uso de LLM en funciones esenciales o importantes; intervención humana (human-in-the-loop)
5 Mantenimiento, actualizaciones, respuesta a incidentesVersiones obsoletas o mal configuradas, sobre todo en LLM de código abiertoActualizaciones automatizadas, gestión de parches; SIRP; simulación de ataques; auditorías externas; panel de cumplimiento
6 Gestión del fin de vidaUso indebido o filtración de datos y modelos históricosBorrado conforme al RGPD; borrado criptográfico; bloqueo de cuentas caducadas y de antiguos empleados

Tres variantes, tres perfiles de riesgo

VarianteFlujos de datosRiesgo principalContramedidas según el caso práctico
1 On-premiseíntegramente en la infraestructura propiaControl total, pero también todos los riesgos de desarrollo, operación y, sobre todo, mantenimiento (estratégicos y operativos); disponibilidad de personal cualificado; ataques por falta de actualizaciones continuas; escalabilidad limitadaGestión de accesos estricta; dimensionar la infraestructura para la capacidad de cómputo prevista y revisarla periódicamente
2 Nube, tenant propioen la nube, exclusivamente en el tenant propioDependencia del operador del modelo si no hay una implementación de código abierto; competencias; escalabilidad limitadaVarios modelos de distintos proveedores (mayor esfuerzo); planificación temprana de la capacidad
3 Nube, fuera del tenantmás allá del límite del tenant: LLM vía API o asistente en software estándarLos datos salen del tenant y fluyen hacia el proveedor del modeloContractual y técnicamente: limitar funciones y cargas de archivos; Governance Shield; condiciones de uso previas a cada uso; nivel de autorización de datos más bajo; control técnico análogo a la comunicación supervisora sobre la nube

Ni el caso práctico ni el cap. VI contienen referencias a DORA. Quien vincula las medidas del caso práctico con anclajes normativos realiza una asignación propia: las obligaciones en sí derivan de DORA y del RTS RMF.

15Capítulo 15

Contexto: Reglamento de IA, KI-MIG, MaRisk, xAIT y supervisión europea

La guía trata exclusivamente los riesgos TIC en el marco de DORA. Sin embargo, cuando bancos y aseguradoras utilizan IA, entran en juego otras normas, con otros objetivos de protección, otras autoridades y otros plazos. Este capítulo muestra qué regula cada norma.

NormaQué regula en el uso de la IASituación / plazosRelación con la guía
DORA, RTS RMF, RTS de subcontrataciónGestión del riesgo relacionado con las TIC, incluido el derivado de terceros, notificación de incidentes, pruebas de resiliencia; vinculanteDORA y RTS RMF aplicables desde el 17 de enero de 2025; RTS de subcontratación en vigor desde el 22 de julio de 2025Marco de referencia que la guía explica para la IA
Reglamento de IA (AI Act; Reglamento (UE) 2024/1689)Prohibiciones, alfabetización en materia de IA, transparencia, obligaciones para sistemas de alto riesgoArts. 4 y 5 desde el 2 de febrero de 2025; con carácter general desde el 2 de agosto de 2026; anexo III a partir del 2 de diciembre de 2027La guía solo adopta la definición de «sistema de IA» (art. 3(1) del Reglamento de IA)
KI-MIG (ley alemana de vigilancia del mercado y fomento de la innovación en IA)Vigilancia nacional del mercado conforme al Reglamento de IA: la BaFin para los sistemas de IA directamente relacionados con actividades financieras reguladas (§ 2(3)); en los demás casos, la Agencia Federal de Redes, Bundesnetzagentur (§ 2(1))en vigor desde el 29 de julio de 2026 (BGBl. 2026 I n.º 223)Cometido propio, paralelo a la supervisión de DORA; la guía no lo cubre
MaRisk (circular 06/2026 (BA))AT 4.3.4 «Uso de modelos», también de IA; su n.º 6 exige una explicabilidad suficienteen vigor desde el 30 de junio de 2026; periodo transitorio para requisitos adicionales hasta el 1 de enero de 2027; excluidas las entidades significativas bajo supervisión del BCE (AT 2.1, n.º 1)La guía deja fuera la metodología y la validación de modelos
xAITKAIT, VAIT y ZAIT derogadas al término del 16 de enero de 2025; las entidades sujetas a DORA quedan excluidas del ámbito de aplicación de las BAITLas BAIT quedarán derogadas en su totalidad al término del 31 de diciembre de 2026Los requisitos de TI para las entidades sujetas a DORA se derivan de DORA
ISO/IEC 42001:2023Sistema de gestión de IA certificable, combinable con ISO/IEC 27001voluntariaMarco de gestión: no sustituye ninguna obligación de DORA

Reglamento de IA y KI-MIG: dónde se ven afectados en concreto bancos y aseguradoras

Según el anexo III, punto 5(b), del Reglamento de IA, son de alto riesgo los sistemas destinados a evaluar la solvencia de personas físicas o a establecer su calificación crediticia —salvo los utilizados para detectar fraudes financieros— y, según el punto 5(c), los sistemas destinados a la evaluación de riesgos y la fijación de precios en relación con personas físicas en los seguros de vida y de salud. Conforme al Reglamento Ómnibus Digital sobre la IA (Reglamento (UE) 2026/1744), las obligaciones para sistemas de alto riesgo (capítulo III, secciones 1 a 3, del Reglamento de IA) se aplican a estos sistemas a partir del 2 de diciembre de 2027, en lugar del 2 de agosto de 2026 previsto inicialmente.

Conforme al § 2(3) KI-MIG, la BaFin vigila los sistemas de IA que guardan relación directa con una actividad financiera regulada y que las entidades supervisadas introducen en el mercado, ponen en servicio o utilizan; según la BaFin, por ejemplo, los chatbots de atención al cliente, la evaluación de la solvencia y la evaluación de riesgos en los seguros de vida y de salud. La IA en el ámbito de recursos humanos sigue correspondiendo a la Bundesnetzagentur. La BaFin pone el foco en las prácticas prohibidas (art. 5), las obligaciones de transparencia (art. 50) y la alfabetización en materia de IA (art. 4 del Reglamento de IA); a partir del 2 de diciembre de 2027 se suman los sistemas de alto riesgo del anexo III, punto 5(b) y (c). En la entrevista del BaFinJournal sobre la KI-MIG del 29 de julio de 2026, la BaFin remite expresamente a la guía.

Supervisión europea: misma dirección, acentos propios

  • EIOPA, dictamen (Opinion) del 6 de agosto de 2025 (EIOPA-BoS-25-360): explica a las autoridades nacionales de supervisión, con un enfoque basado en el riesgo y proporcionado, cómo aplicar la IDD, Solvencia II y DORA a la IA en las aseguradoras, sin nuevos requisitos; excluye la IA prohibida y la de alto riesgo según el Reglamento de IA.
  • EBA, ficha informativa (factsheet) del 21 de noviembre de 2025: contraste de los requisitos de alto riesgo del Reglamento de IA (con foco en la solvencia) con la CRD/el CRR, DORA y el resto de la normativa de supervisión bancaria: sin contradicciones sustanciales; la EBA no considera necesarias nuevas directrices propias.
  • ESMA, declaración pública (Public Statement) del 30 de mayo de 2024: la IA en servicios de inversión para clientes minoristas debe cumplir las obligaciones de MiFID II; la responsabilidad sigue recayendo en el órgano de dirección.
  • EBA, EIOPA y ESMA, declaración JC 2026 25 del 31 de julio de 2026: DORA y el Reglamento de IA constituyen una base sólida frente a los riesgos TIC derivados de los modelos de IA de frontera; la prevención incluye un inventario completo de activos que abarque los componentes de IA/ML.

El requisito de explicabilidad de los modelos de IA no es una novedad de la 9.ª modificación de las MaRisk; ya figuraba con idéntico contenido en el AT 4.3.5 de la 7.ª modificación (circular 05/2023 (BA)).

16Capítulo 16

La hoja de ruta de 12 meses para CISO

La guía no es vinculante; DORA, sí. La siguiente hoja de ruta toma las obligaciones de DORA como cimiento y utiliza los ejemplos prácticos de la BaFin como plano. Las fases, los indicadores y los valores objetivo son recomendaciones de VamiSec.

  1. Fase 0 · Mes 1Aclarar mandato y régimen aplicable

    El órgano de dirección confirma su responsabilidad última (art. 5(2)(a) DORA) y asigna presupuesto; comprobar si se aplican los arts. 5 a 15 o el marco simplificado del art. 16 DORA; designar por función a los responsables de los resultados de la IA.

  2. Fase 1 · Meses 1–3Crear transparencia

    Elaborar el inventario de IA, incluida la IA vía API y la integrada en software estándar (art. 8(4) DORA en relación con los arts. 4 y 5 RTS RMF); registrar para cada sistema la criticidad, la variante de infraestructura, las clases de datos y el propietario.

  3. Fase 2 · Meses 3–6Adaptar el marco

    Estrategia de IA o sección de IA en la estrategia de resiliencia operativa digital; anclar la IA en el marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC, las políticas de seguridad (art. 9(2) DORA), la política de incidentes (art. 22 RTS RMF) y los contratos con terceros (arts. 28 a 30 DORA).

  4. Fase 3 · Meses 6–9Reforzar y probar

    Pruebas antes del paso a producción con un alcance acorde con la criticidad (art. 16(2) RTS RMF), complementadas con pruebas adversarias (adversarial testing) para la IA en funciones esenciales o importantes; umbrales de comportamiento anómalo de la IA en funciones esenciales o importantes (art. 10(1), párrafo segundo, en relación con el art. 10(2) DORA); Governance Shield para la variante 3; probar los planes de continuidad de la actividad (art. 11(6)(a) DORA, art. 25 RTS RMF).

  5. Fase 4 · Meses 9–12Demostrar la eficacia

    Revisión anual del marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC (art. 6(5) DORA) con una sección de IA en el informe del art. 27 RTS RMF; incorporar las lecciones aprendidas (art. 13(3) DORA); probar los planes de salida (art. 28(8) DORA); acreditar la formación (art. 5(4), art. 13(6) DORA).

Indicadores que entiende el consejo

IndicadorTipoValor objetivo de ejemploAnclaje
Sistemas de IA con propietario, criticidad y variante en el inventarioKPI100 %Art. 8(4) DORA
Hallazgos de llamadas a IA sin entrada en el inventario (escaneos de código, logs del proxy)KRITendencia hacia ceroArt. 16(3) RTS RMF
Sistemas de IA de funciones esenciales o importantes con prueba documentada antes del paso a producciónKPI100 %Art. 16(2) RTS RMF
Vulnerabilidades críticas en componentes de IA que superan el plazo de parcheoKRI0Art. 10 RTS RMF
Activaciones del Governance Shield por cada 1.000 entradas (variante 3)KRIFijar un umbral, informar de la tendenciaCaso práctico, variante 3
Incidentes relacionados con la IA con análisis de causas concluidoKPI100 %Art. 17 DORA
Servicios de IA para funciones esenciales o importantes con plan de salida probadoKPI100 %Art. 28(8) DORA
Órgano de dirección y empleados que trabajan con IA con formación actualizadaKPI100 % al añoArt. 5(4), art. 13(6) DORA

Los valores objetivo son ejemplos de VamiSec para la gestión interna, no requisitos supervisores.

La proporcionalidad también se aplica a la hoja de ruta: un asistente de autoservicio basado en IA que está totalmente bajo supervisión humana y no interviene en procesos de decisión no necesita la misma intensidad de control que la IA en una función esencial o importante (art. 4 DORA, cap. I.2). Quien empieza por el inventario puede escalonar esa intensidad de forma fundamentada y documentar la justificación.

La guía es una ayuda no obligatoria y no una interpretación vinculante de DORA por parte de la BaFin. Lo vinculante son DORA, el RTS RMF y el RTS de subcontratación. La hoja de ruta es una recomendación de VamiSec y no constituye asesoramiento jurídico.

Autoevaluación

Autoevaluación de resiliencia de la IA: ¿qué solidez tiene su uso de la IA bajo DORA?

Hasta 31 preguntas en siete ámbitos de actuación, cada una con un anclaje normativo en DORA, el RTS RMF o el RTS de subcontratación. Cuatro datos de perfil determinan qué preguntas le aplican y qué nivel objetivo resulta proporcionado: se pregunta por la eficacia y las evidencias, no por el papel. La escala de niveles y los niveles objetivo son una clasificación propia de VamiSec. Las obligaciones derivan únicamente de DORA y de los RTS: el anclaje normativo indica dónde se sitúa una pregunta, no que toda medida consultada sea obligatoria; la guía de la BaFin en sí no es vinculante.

0 / 31 preguntas respondidas

00 / 07Su perfil de IA

Cuatro datos orientan la autoevaluación. Que su IA sustente una función esencial o importante o intervenga en procesos de decisión determina el nivel objetivo (proporcionalidad conforme al art. 4 DORA). La variante de operación (según las tres variantes de infraestructura del caso práctico de la guía), el desarrollo propio y la IA generativa muestran u ocultan las preguntas correspondientes.

  1. ¿Sustenta alguno de sus sistemas de IA una función esencial o importante, o interviene en procesos de decisión?

    Se refiere a la función esencial o importante en el sentido del art. 3(22) DORA. Según la guía, este tipo de IA necesita medidas de seguridad y control más amplias que, por ejemplo, un asistente de autoservicio que está totalmente bajo supervisión humana y no interviene en procesos de decisión (art. 4 DORA). «Por aclarar» aplica por precaución el nivel objetivo más alto.

  2. ¿Cómo opera sus sistemas de IA? (selección múltiple)

    El caso práctico distingue entre on-premise, nube en un tenant propio y nube fuera del tenant propio; las combinaciones son posibles: seleccione todas las que correspondan. La tercera variante incluye los LLM a los que se accede por API y los asistentes de IA integrados en software estándar, posiblemente sin que los usuarios lo sepan. Las preguntas sobre contratos de nube solo aparecen si opera en la nube; la pregunta sobre la salida de datos hacia servicios de IA externos, solo en la tercera variante.

  3. ¿Desarrolla, entrena o amplía IA por su cuenta, por ejemplo mediante ajuste fino (fine-tuning) o Retrieval Augmented Generation (RAG)?

    Incluya también las aplicaciones de IA que crean las propias áreas de negocio (end-user computing) y el código generado por IA en desarrollos propios. «No» oculta cuatro preguntas sobre procedencia de los datos, entrenamiento, código y end-user computing.

  4. ¿Utiliza IA generativa, por ejemplo grandes modelos de lenguaje (LLM) en asistentes de IA, chatbots o herramientas de código?

    La IA generativa puede utilizarse para fines generales y, por ello, es más difícil de probar que el software de finalidad específica; a ello se suman riesgos como la inyección de prompts (prompt injection) y los accesos a sistemas conectados a través del modelo. «No» oculta tres preguntas sobre pruebas de IA generativa, accesos del modelo e inyección de prompts.

Nivel objetivo3 — Eficaz y verificado

Para la IA en funciones esenciales o importantes fijamos el nivel 3 («Eficaz y verificado»): las medidas deben poder demostrar su eficacia. La base es el principio de proporcionalidad del art. 4 DORA, del que la guía deriva medidas de seguridad y control más amplias para este tipo de IA.

Whitepaper gratuito

«KI unter DORA für CISOs»: la guía de la BaFin llevada a la práctica

El whitepaper traduce la guía de 18/12/2025 en un programa para el CISO y la gestión del riesgo TIC: en cuatro partes, desde la contextualización, pasando por la gobernanza, el ciclo de vida y los terceros, hasta las preguntas de auditoría, las evidencias y la hoja de ruta, con registro de referencias normativas.

Portada del whitepaper de VamiSec «KI unter DORA für CISOs»
aprox. 50 páginasPDF, gratuitoEn alemánVersión 10/2026
  • Resumen ejecutivo y diez mensajes clave para la presentación ante la dirección, con obligación, práctica y recomendación claramente separadas
  • RACI de gobernanza, la IA en el marco de gestión del riesgo TIC y matriz de pruebas según la criticidad, con referencias de DORA y del RTS RMF
  • Tres variantes de infraestructura como flujos de datos, matriz clase de datos × variante y mapeo de amenazas a OWASP LLM 2025 y MITRE ATLAS
  • 30 preguntas de auditoría, matriz de evidencias, KPI y KRI, y una hoja de ruta de 12 meses con un arranque de 100 días
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KI unter DORA für CISOs: guía de la BaFin sobre los riesgos TIC en el uso de la IA

Qué contiene el whitepaper «KI unter DORA für CISOs»

Obligación, práctica, recomendación: claramente separadas

Resumen ejecutivo y diez mensajes clave para la presentación ante la dirección, la contextualización del carácter jurídico y de los destinatarios, y un registro con las 97 referencias normativas de la guía según nuestro recuento: DORA, RTS RMF, RTS de subcontratación, ITS del registro de información, Reglamento de IA, directrices de la Comisión sobre la definición de sistema de IA y comunicación supervisora sobre la nube.

Gobernanza, marco de riesgo TIC y pruebas

Matriz RACI para el órgano de dirección, la función de gestión del riesgo TIC, las funciones de control y la auditoría interna; la IA en el marco de los arts. 6 a 14 DORA; el desarrollo, incluidos el end-user computing y el código generado por IA, y una matriz de pruebas según la criticidad hasta el adversarial testing.

Tres variantes, un mismo panorama de amenazas

Las variantes de infraestructura del caso práctico como flujos de datos con el límite del tenant, una matriz clase de datos × variante, una lista de verificación de cláusulas para proveedores de nube y de IA y un mapeo de VamiSec de las amenazas de IA a OWASP Top 10 for LLM Applications 2025 y MITRE ATLAS: una correspondencia técnica, no un crosswalk oficial.

Hoja de ruta y solidez ante auditorías

Una hoja de ruta de 12 meses con un arranque de 100 días, 30 preguntas de auditoría con referencia para la auditoría interna y el diálogo supervisor, una matriz de evidencias, KPI y KRI de resiliencia de la IA y respuestas a seis objeciones habituales en el debate de la dirección.

Fundamentos

Primero DORA: la guía se apoya en su gestión del riesgo TIC

La guía no crea obligaciones nuevas, sino que traslada a los sistemas de IA los requisitos de DORA, del RTS RMF y del RTS de subcontratación. Quien quiera operar la IA conforme a DORA necesita, por tanto, ante todo un marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC sólido, un inventario de activos completo y una gestión eficaz de terceros e incidentes. Nuestro análisis en profundidad de DORA sitúa el reglamento en su conjunto; la nota informativa de la BaFin de 18/12/2025 conduce a la versión original de la guía.

Arts. 5–15Gestión del riesgo relacionado con las TIC según DORA
Arts. 28–30Riesgo TIC de terceros
Arts. 17–19Gestión, clasificación y notificación de incidentes relacionados con las TIC
  • El órgano de dirección asume la responsabilidad última de la gestión de los riesgos TIC (art. 5(2)(a) DORA).
  • El marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC se revisa al menos una vez al año (art. 6(5) DORA).
  • Los sistemas que dan soporte a funciones esenciales o importantes deben probarse al menos una vez al año en las entidades que no sean microempresas (art. 24 DORA).
  • Los incidentes graves relacionados con las TIC deben notificarse a la autoridad competente (art. 19 DORA).

La versión de referencia es la alemana (de 18/12/2025); la traducción inglesa lleva la fecha de versión 23/01/2026.

Glosario

Glosario: términos de la guía de la BaFin sobre IA

22 términos en definiciones breves y citables: términos en español, con el término técnico inglés o la abreviatura como alternativa.

Sistema de IAAI system
Definido legalmente en el art. 3(1) del Reglamento de IA. A efectos de la guía, una combinación de activos de TIC (hardware y software) e infraestructura de TIC en la que se implementa un modelo matemático complejo; un subtipo de las redes y sistemas de información del art. 3(2) DORA.
Activo de TICICT asset
Componente de hardware o software de las redes y sistemas de información de una entidad financiera. En el contexto de la IA, la guía entiende el propio modelo como activo de TIC (software) y cita para la gestión de activos, entre otros, las implementaciones de modelos, las bibliotecas de software, el hardware y los conjuntos de datos de entrenamiento, que deben identificarse, clasificarse y documentarse conforme al art. 8(4) DORA en relación con los arts. 4 y 5 RTS RMF.
Marco de gestión del riesgo relacionado con las TICICT risk management framework
Marco sólido, exhaustivo y bien documentado conforme al art. 6 DORA, integrado en la gestión global de riesgos y sujeto a revisión al menos una vez al año (art. 6(5) DORA). Según la guía, los sistemas de IA deben integrarse en él igual que otros activos de TIC.
Función esencial o importantecritical or important function (CIF)
Función cuya interrupción o perturbación afectaría significativamente al rendimiento financiero, a la solidez o a la continuidad de las actividades de una entidad financiera, o al cumplimiento de las condiciones de su autorización (art. 3(22) DORA). Según la guía, la IA en estas funciones requiere medidas de seguridad y control más amplias.
RTS RMFReglamento Delegado (UE) 2024/1774
Normas técnicas de regulación sobre las herramientas, métodos, procesos y políticas de gestión del riesgo TIC y sobre el marco simplificado. Según nuestro recuento, la guía contiene 31 referencias diferenciadas a ellas, sobre todo en materia de desarrollo, pruebas, operación y seguridad de los datos.
RTS de subcontrataciónRTS Subcontracting, Reglamento Delegado (UE) 2025/532
Normas técnicas de regulación sobre la subcontratación de servicios TIC que dan soporte a funciones esenciales o importantes: diligencia debida y evaluación de riesgos (art. 3), condiciones contractuales (art. 4), cambios significativos (art. 5) y resolución (art. 6).
Registro de informaciónRegister of Information
Registro de todos los acuerdos contractuales sobre servicios TIC prestados por proveedores terceros de servicios TIC, conforme al art. 28(3) DORA; las plantillas se regulan en el ITS del registro de información (Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2956). En las subcontrataciones específicas de IA, la guía cita el art. 3(6) del ITS del registro de información, que regula el identificador (LEI o EUID) de los subcontratistas registrados.
Tenant (inquilino en la nube)
Área delimitada de una empresa en un entorno de nube. En el caso práctico marca el límite decisivo: en la variante 2, los flujos de datos permanecen en el tenant propio; en la variante 3, lo traspasan hacia el proveedor del modelo.
Governance Shield
Filtro que comprueba si los datos de entrada son confidenciales. El caso práctico lo menciona como medida técnica para la variante 3, cuando la aplicación de IA está fuera del tenant propio, junto con las restricciones de carga de archivos y las condiciones de uso previas.
Envenenamiento de datosData Poisoning
Uso de datos manipulados en el entrenamiento o reentrenamiento, que puede provocar un comportamiento inesperado o alterado del modelo. Como contramedida, el caso práctico menciona utilizar únicamente datos de la empresa revisados y validados; puede ser útil un equipo de gobierno del dato que controle la autorización de los datos (fase 2).
Envenenamiento del modeloModel Poisoning
Ataque mediante el cual se altera el comportamiento o incluso la estructura de un modelo entrenado, especialmente en modelos de código abierto y modelos procedentes de repositorios compartidos. Contramedidas según el caso práctico: revisar el código fuente en busca de puertas traseras y código malicioso, y garantizar la integridad de repositorios y proveedores.
Envenenamiento del conocimientoKnowledge Poisoning
Manipulación de la base de conocimiento que se aporta a un LLM como contexto o grounding mediante retrieval augmented generation (RAG). Según el caso práctico, también estos datos deben revisarse y validarse antes de su integración.
Inyección de prompts (prompt injection)
Entradas maliciosas que fuerzan a un LLM a un comportamiento no previsto, por ejemplo mediante una referencia a páginas web con instrucciones ocultas (caso práctico, fase 4). El cap. V.2 menciona la protección de los sistemas de IA frente a ataques de inyección como medida de buena práctica.
Adversarial testing (pruebas adversarias)
Simulación de ataques a sistemas de IA, como data poisoning o evasion attacks. Según el cap. III.2, útil en función de la criticidad y complementada con pruebas de penetración adversarias, en su caso en coordinación con el proveedor de nube.
Ataque de inferenciaInference Attack
Ataque que extrae conclusiones sobre los datos de entrenamiento o de consulta a partir de las respuestas del modelo. La guía menciona los inference attacks, junto con los adversarial attacks y el model poisoning, como amenaza durante la operación (cap. IV.1). Para proteger los datos personales frente a inferencias derivadas de consultas múltiples, el caso práctico cita la privacidad diferencial (fase 1).
Deriva del modeloModel Drift
Cambio del rendimiento o del comportamiento del modelo con el tiempo, por ejemplo porque los datos o el entorno han variado desde el entrenamiento. La guía menciona la supervisión de la deriva del modelo como una medida que debe documentarse y revisarse periódicamente (cap. II.3).
Human-in-the-loop
Bucle humano de revisión y aprobación: según el caso práctico, como requisito de revisión humana para respuestas y recomendaciones de IA críticas para la seguridad (fase 4) y en la revisión de interfaces con otros sistemas de la empresa, por ejemplo mediante la aprobación del propietario de los datos (fase 3).
Privacidad diferencialDifferential Privacy
Técnica que maximiza la precisión de las respuestas a consultas a bases de datos y, al mismo tiempo, minimiza la probabilidad de identificar los registros utilizados. El caso práctico la menciona en la fase 1 para proteger los datos personales.
TokenizaciónTokenization
Sustitución de datos sensibles por marcadores antes de que el asistente de IA los procese. El caso práctico la incluye en la fase 1, dentro de la minimización y el enmascaramiento de datos.
Borrado criptográficoCryptographic Wiping
Eliminación segura de todos los datos de la empresa almacenados al retirar un asistente de IA; el caso práctico habla de «wiping criptográfico» (fase 6). Técnicamente suele lograrse destruyendo las claves con las que están cifrados los datos.
Aplicaciones de usuario finalEnd-User Computing, EUC
Aplicaciones desarrolladas u operadas fuera de la función de TIC, a menudo denominadas «end-user computing» (en Alemania, «individuelle Datenverarbeitung», IDV). Según la guía, DORA no distingue en este sentido; el art. 16(9) RTS RMF extiende a ellas los requisitos de desarrollo y pruebas con un enfoque basado en el riesgo.
Plan de respuesta a incidentes de seguridadSIRP, Security Incident Response Plan
Plan para responder a incidentes de seguridad. En la fase 5, el caso práctico menciona como medida un SIRP para incidentes de seguridad específicos de los asistentes de IA, complementado con ciberataques simulados que ponen a prueba los tiempos de respuesta de la entidad.
FAQ

Preguntas frecuentes sobre la guía de la BaFin sobre IA

Respuestas breves a preguntas habituales de la oficina del CISO, la gestión del riesgo TIC y la auditoría interna, con referencias para consultar.

Una ayuda no vinculante de la BaFin, publicada el 18/12/2025 (38 páginas; traducción inglesa con fecha de versión 23/01/2026). Muestra cómo las entidades financieras pueden aplicar a los sistemas de IA los requisitos de DORA sobre la gestión del riesgo relacionado con las TIC y del riesgo relacionado con las TIC derivado de terceros, a lo largo del ciclo de vida de la IA: desde la gobernanza, pasando por el desarrollo, las pruebas y la operación, hasta la externalización a la nube, la ciberseguridad y la seguridad de los datos y la notificación de incidentes. Un caso práctico analiza un asistente de IA basado en LLM en tres variantes de infraestructura. No crea obligaciones nuevas; se dirige sobre todo a las entidades CRR y a las aseguradoras sujetas a Solvencia II que aplican el marco completo de DORA de los arts. 5 a 15 DORA.

Sí. Los sistemas de IA se componen de activos de TIC e infraestructura de TIC y quedan, por tanto, sujetos a la gestión del riesgo relacionado con las TIC conforme a DORA; así los encuadra también la guía de la BaFin. En concreto, los sistemas de IA forman parte del marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC (art. 6 DORA) y del inventario de activos (art. 8(4) y (6) DORA); los servicios de IA obtenidos de terceros están sujetos a la gestión del riesgo relacionado con las TIC derivado de terceros (arts. 28 a 30 DORA), y los incidentes en sistemas de IA deben registrarse como incidentes relacionados con las TIC y, si son graves, notificarse (arts. 17 a 19 DORA). DORA no contiene un catálogo propio de obligaciones para la IA; la guía muestra cómo se trasladan las obligaciones existentes al ciclo de vida de la IA.

No. Las obligaciones derivan de DORA y de las normas técnicas de regulación y de ejecución correspondientes (RTS e ITS); la guía muestra, como «ayuda no obligatoria» y expresamente sin constituir una interpretación vinculante de DORA, cómo pueden aplicarse al uso de la IA. También respecto a su caso práctico aclara que todas las medidas presentadas son ilustrativas: lo determinante son las medidas más adecuadas para la situación de riesgo específica de su entidad. En la práctica, esto significa que no tiene que adoptar todas las medidas de ejemplo, pero debería poder demostrar de forma trazable, para cada sistema de IA, cómo cumple las obligaciones de DORA pertinentes. Recomendación de VamiSec: documente dónde y por qué se aparta de los ejemplos prácticos, siempre con referencia a la norma correspondiente; esto facilita la auditoría interna y el diálogo con el supervisor.

Lo decisivo es qué marco de DORA aplica usted. La guía menciona los bancos y las aseguradoras solo a título de ejemplo («en particular»); lo determinante es si su entidad debe cumplir el marco completo de gestión del riesgo TIC de los arts. 5 a 15 DORA. A nuestro juicio, las entidades de pago o las sociedades gestoras sujetas a ese marco completo pueden, por tanto, utilizarla igualmente como referencia. Quien aplique el marco simplificado del art. 16 DORA, por ejemplo las empresas de servicios de inversión pequeñas y no interconectadas, las entidades de pago y de dinero electrónico exentas o las entidades exentas con arreglo a la CRD, queda expresamente fuera de su objeto. Además, a partir del 01/01/2027, otras entidades deberán aplicar DORA en el marco simplificado en virtud de la FinmadiG, la ley alemana de digitalización del mercado financiero (§ 1a(2) KWG). Recomendación de VamiSec: utilice también en esos casos el ciclo de vida y el caso práctico como pauta de revisión, de forma proporcional.

La guía no menciona productos, pero describe el caso con precisión: se accede a un modelo de lenguaje del proveedor de nube a través de API o se invoca como asistente de IA desde software estándar, posiblemente sin que el usuario lo sepa; es la variante 3 del caso práctico. El riesgo principal es que los datos salgan del tenant y fluyan hacia el proveedor del modelo. Como medidas técnicas, la BaFin menciona funciones y cargas de archivos restringidas para determinados grupos de usuarios, un filtro para entradas confidenciales (Governance Shield) y condiciones de uso previas; también cabe asignar a la aplicación de IA un nivel de autorización de datos inferior, que los usuarios no puedan superar por su cuenta. El control técnico debería realizarse de forma análoga a la comunicación supervisora sobre la nube; en el plano contractual se aplican los arts. 28 a 30 DORA.

No el sistema de IA como tal. El registro de información del art. 28(3) DORA recoge los acuerdos contractuales sobre servicios TIC prestados por proveedores terceros de servicios TIC. Si obtiene un modelo a través de API, como servicio en la nube o como función de un software estándar, el acuerdo subyacente debe figurar en el registro. En cambio, en el inventario de activos (art. 8(4) y (6) DORA en relación con el art. 4 RTS RMF) debe figurar todo sistema de IA, también el que se opera internamente sin proveedor. En las subcontrataciones específicas de IA para funciones esenciales o importantes, según el cap. IV.2 debería saber en todo momento qué partes participan en el tratamiento de los datos y dónde. Recomendación de VamiSec: compruebe con cada nueva función de IA activada si cambian la descripción de los servicios o la cadena de subcontratistas.

La guía solo toma del Reglamento de IA la definición de sistema de IA (art. 3(1) del Reglamento de IA) y trata exclusivamente los riesgos TIC con arreglo a DORA. El Reglamento de IA establece obligaciones propias: las prohibiciones y la alfabetización en materia de IA se aplican desde el 02/02/2025; las obligaciones de transparencia del art. 50, desde el 02/08/2026; y las obligaciones de alto riesgo del anexo III, entre ellas la evaluación de la solvencia de personas físicas y la evaluación de riesgos y fijación de precios en seguros de vida y de salud, a partir del 02/12/2027, tras el aplazamiento introducido por el Reglamento (UE) 2026/1744. Desde el 29/07/2026, la BaFin es, conforme al § 2(3) KI-MIG, autoridad de vigilancia del mercado para los sistemas de IA directamente vinculados a actividades financieras reguladas; en los demás casos es competente la Bundesnetzagentur. Ambos regímenes se aplican en paralelo.

Para las entidades financieras sujetas a DORA, el cambio ya se ha producido: las KAIT, VAIT y ZAIT quedaron derogadas al término del 16/01/2025, y desde entonces las entidades del marco DORA están excluidas del ámbito de aplicación de las BAIT. Al término del 31/12/2026, las BAIT quedarán derogadas por completo. La referencia para los requisitos TIC de los sistemas de IA es, por tanto, el marco normativo de DORA con sus normas técnicas; la guía lo sitúa en el contexto de la IA. Para las entidades afectadas, los riesgos de modelo siguen abordándose en las MaRisk: el AT 4.3.4 de la 9.ª modificación de las MaRisk (Circular 06/2026 (BA)) se aplica también a los modelos de IA y exige una explicabilidad suficiente, con el mismo contenido que ya tenía el AT 4.3.5 de la 7.ª modificación (Circular 05/2023 (BA)).

Para los LLM, el cap. III.2 describe dos enfoques de prueba: pruebas basadas en la estructura, que analizan, por ejemplo, la probabilidad de un flujo de tokens para un prompt, y pruebas agnósticas, en las que una persona u otro modelo evalúa las respuestas a preguntas de prueba. Como la IA generativa puede utilizarse con fines generales, el caso práctico recomienda procedimientos de prueba propios y específicos para cada caso de uso (fase 2). En los modelos en la nube, las pruebas de penetración adversarias pueden coordinarse con el proveedor de nube. Otro reto para las pruebas, según el cap. III.2, son los cambios no anunciados en los modelos obtenidos de terceros. Recomendación de VamiSec: mantenga un conjunto de pruebas versionado con prompts funcionales y de ataque, y vuelva a ejecutarlo tras cada cambio de modelo conocido y, además, con una periodicidad fija.

Solo si es grave. El art. 19 DORA obliga a notificar los incidentes graves relacionados con las TIC; según la guía, esta obligación puede abarcar también incidentes en sistemas de IA. Que un incidente sea grave o no lo determina la clasificación conforme al art. 18 DORA, que la propia guía no cita. Con independencia de ello, los incidentes que se producen por sistemas de IA o en relación con ellos y que vulneran objetivos de protección o afectan a servicios deben registrarse como incidentes relacionados con las TIC (art. 17 DORA); la BaFin recomienda marcarlos como incidentes de IA. Como orden de magnitud: en 2025, las entidades financieras notificaron 733 incidentes TIC a la BaFin; la BaFin no publica cifras específicas de IA.

DORA no prescribe una estrategia de IA propia, pero sí una estrategia de resiliencia operativa digital como parte del marco de gestión del riesgo relacionado con las TIC (art. 6 DORA); la responsabilidad general de definirla y aprobarla recae en el órgano de dirección (art. 5(2) DORA). La guía deja abierto si la IA figura en ella como apartado o en un documento propio: considera posibles ambas opciones. A nuestro juicio, lo que cuenta es el contenido: casos de uso y clases de datos autorizados, recursos, capacidades e inversiones necesarios, la gestión de las dependencias de proveedores y la participación de las funciones de control. Recomendación de VamiSec: integrar primero la IA en la estrategia de resiliencia operativa digital y desgajarla como estrategia propia en cuanto la IA dé soporte a funciones esenciales o importantes; a más tardar entonces, según la guía, adquiere peso.

ISO/IEC 42001:2023 es la primera norma internacional de sistemas de gestión para la IA: regula el establecimiento, la operación, la supervisión y la mejora de un sistema de gestión de IA, es certificable y puede combinarse con ISO/IEC 27001. La guía no menciona la norma. Por tanto, un certificado no sustituye ninguna obligación de DORA, pero puede aportar el marco organizativo en el que se gestionan la estrategia de IA, los roles, el inventario y los procesos del ciclo de vida. Recomendación de VamiSec: mapee los requisitos de la norma a las referencias de DORA y mantenga un inventario de IA común. Para auditar sistemas de IA concretos, el catálogo de criterios de auditoría AICRIV Finanz del BSI (v2.0, 18/06/2026) ofrece una plantilla, aunque su correspondencia con DORA es solo temática.

Estándares y fuentes

Los contenidos de esta página se basan en las siguientes guías y estudios disponibles públicamente.

BaFin, división CTF 5 · 2025

Orientierungshilfe zu IKT-Risiken beim Einsatz von KI in Finanzunternehmen (guía sobre los riesgos TIC en el uso de la IA en entidades financieras)

Fuente primaria de esta página: versión original alemana, de 18/12/2025, 38 páginas; capítulos I–VI y caso práctico sobre un asistente de IA basado en LLM

BaFin, división CTF 5 · 2026

Guidance on ICT Risks in the Use of AI at Financial Entities (versión inglesa)

Traducción inglesa, fecha de versión 23/01/2026, publicada el 30/01/2026, 35 páginas; la versión de referencia es la alemana

BaFin · 2025

Inteligencia artificial: la BaFin publica una guía sobre riesgos TIC

Nota informativa de 18/12/2025: ayuda no vinculante, dirigida sobre todo a entidades CRR y aseguradoras sujetas a Solvencia II

Parlamento Europeo y Consejo · 2022

Reglamento (UE) 2022/2554

DORA: en vigor desde el 16/01/2023, aplicable desde el 17/01/2025; según nuestro recuento, 54 referencias en la guía, centradas en los caps. II y IV.1 (arts. 5–14) y el cap. IV.2 (arts. 28–30); el art. 16, solo a efectos de delimitación (cap. I)

Comisión Europea · 2024

Reglamento Delegado (UE) 2024/1774

RTS RMF: herramientas, métodos, procesos y políticas de gestión del riesgo TIC y marco simplificado; 31 referencias según nuestro recuento

Comisión Europea · 2025

Reglamento Delegado (UE) 2025/532

RTS de subcontratación: subcontratación de servicios TIC que dan soporte a funciones esenciales o importantes; citado en el cap. I y el cap. IV.2 (art. 3(1)(c), (d) y (j); art. 4(1)(j))

Comisión Europea · 2024

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2956

ITS del registro de información: plantillas para el registro de información del art. 28(3) DORA; la guía remite, sin número, al art. 3(6) (identificador LEI/EUID de los subcontratistas)

Parlamento Europeo y Consejo · 2024

Reglamento (UE) 2024/1689

Reglamento de IA (AI Act): definición de sistema de IA en el art. 3(1); plazos de alto riesgo modificados por el Reglamento (UE) 2026/1744 (anexo III a partir del 02/12/2027)

BaFin (valoración conjunta con el Deutsche Bundesbank) · 2024

Comunicación supervisora sobre la externalización a proveedores de servicios en la nube

Publicada el 01/02/2024, versión revisada de la orientación de noviembre de 2018; el cap. IV.2 de la guía sobre IA retoma sus caps. III.2, III.5, III.5.3, IV.2 y IV.4

BaFin · 2026

Risiken im Fokus 2026 (riesgos prioritarios 2026): tendencia digitalización

Publicado el 28/01/2026; en la tendencia digitalización remite a la guía; como riesgos de la IA, la publicación menciona, entre otros, las dependencias de proveedores de nube y de IA, así como el data poisoning y el model poisoning

Legislador federal alemán (BGBl. 2026 I n.º 223) · 2026

Ley alemana de vigilancia del mercado de la IA y fomento de la innovación (KI-MIG), § 2

En vigor desde el 29/07/2026; § 2(3): la BaFin como autoridad de vigilancia del mercado para los sistemas de IA directamente vinculados a actividades financieras reguladas; en los demás casos, la Bundesnetzagentur (§ 2(1))

BaFin · 2026

Circular 06/2026 (BA): requisitos mínimos de gestión de riesgos (MaRisk)

9.ª modificación de las MaRisk, de 30/06/2026, con periodo transitorio para los requisitos adicionales hasta el 01/01/2027; el AT 4.3.4 abarca también los modelos de IA y exige una explicabilidad suficiente (con el mismo contenido que el AT 4.3.5 de la 7.ª modificación)

EBA, EIOPA y ESMA (Comité Mixto) · 2026

ESA Statement: Toward a consistent and risk-based approach for ICT risks from frontier AI models (JC 2026 25)

Declaración de 31/07/2026: DORA y el Reglamento de IA como base sólida; prevención, detección y gestión, con aplicación proporcional

OWASP GenAI Security Project · 2025

OWASP Top 10 for LLM Applications 2025

Referencia para el mapeo de VamiSec de las amenazas de IA descritas en la guía: correspondencia técnica, no un crosswalk oficial

MITRE · 2026

MITRE ATLAS

Release 2026.09 de 15/09/2026: versión de referencia de las correspondencias ATLAS en el mapeo de amenazas de VamiSec

National Institute of Standards and Technology (NIST, EE. UU.) · 2025

NIST AI 100-2 E2025 — Adversarial Machine Learning: A Taxonomy and Terminology of Attacks and Mitigations

Publicado el 24/03/2025: taxonomía de los ataques de evasión, envenenamiento y privacidad, así como de las clases de ataques a la IA generativa

¿Quiere preparar sus sistemas de IA para cumplir con DORA?

VamiSec acompaña a las entidades financieras en el inventario de IA, la gobernanza y la gestión del riesgo TIC, en las pruebas —incluidos el adversarial testing y el red teaming— y en los contratos con terceros proveedores, de acuerdo con las obligaciones de DORA y la guía de la BaFin.