El punto de partida de todo programa de gobernanza es un inventario completo: ¿qué sistemas y funciones de IA se utilizan —desarrollo propio, servicio contratado o función integrada en software estándar— y qué áreas de negocio los emplean y para qué? A continuación, cada caso de uso se clasifica según las categorías de riesgo del Reglamento de IA: prácticas prohibidas (art. 5, aplicable desde el 2 de febrero de 2025), sistemas de alto riesgo (art. 6 en relación con el anexo III), sistemas sujetos a obligaciones de transparencia (art. 50) y sistemas de riesgo mínimo. Relevante para la planificación: el Reglamento (UE) 2026/1744 («Digital Omnibus», en vigor desde el 27 de julio de 2026) ha aplazado la aplicación de las obligaciones de alto riesgo al 2 de diciembre de 2027 (anexo III) y al 2 de agosto de 2028 (sistemas integrados en productos conforme al anexo I). La clasificación determina la profundidad de los controles, el alcance de la documentación y los circuitos de aprobación, y debe repetirse ante cualquier cambio sustancial de un caso de uso.
Cumplimiento y Gobernanza de la IA
Cómo construir un programa de gobernanza de la IA de forma estructurada: del inventario de IA a la clasificación de riesgos y la alfabetización en IA, hasta los controles del ciclo de vida conforme al AI Act, ISO/IEC 42001, el NIST AI RMF y el BSI AIC4.
Hoy en día casi ninguna empresa introduce un único sistema de IA: lo habitual es un portafolio creciente de funciones de IA en software estándar, casos de uso basados en modelos generativos y algunos desarrollos propios. El Reglamento (UE) 2024/1689 de IA (AI Act) establece para ello un marco escalonado: desde el 2 de febrero de 2025 se aplican la obligación de alfabetización en IA y las prohibiciones de determinadas prácticas; desde el 2 de agosto de 2025, las obligaciones de los proveedores de modelos de IA de uso general; y a partir del 2 de agosto de 2026, las obligaciones de transparencia del art. 50; las obligaciones para sistemas de alto riesgo llegarán de forma escalonada a partir del 2 de diciembre de 2027, conforme al Reglamento (UE) 2026/1744 («Digital Omnibus»). La gobernanza de la IA es la respuesta a este panorama: un programa que registra sistemáticamente el uso de la IA, clasifica cada caso de uso según su riesgo y lo gobierna a lo largo de todo el ciclo de vida. Esta página de visión general sitúa cada pieza en su contexto; encontrará los detalles sobre ISO/IEC 42001, las obligaciones de transparencia del art. 50 y los marcos de IA del NIST en los análisis en profundidad correspondientes de esta base de conocimiento.
El calendario escalonado del Reglamento de IA
Toque un hito para ver los detalles.
Alfabetización y prohibiciones
La obligación de alfabetización en IA (art. 4) y las prohibiciones de determinadas prácticas (art. 5) se aplican desde esta fecha.
Modelos de uso general
Las obligaciones de los proveedores de modelos de IA de uso general se aplican desde esta fecha.
Transparencia (art. 50)
Las obligaciones de transparencia del art. 50 del Reglamento de IA se aplican a partir de esta fecha.
Alto riesgo (anexo III)
Conforme al Reglamento (UE) 2026/1744 («Digital Omnibus», en vigor desde el 27 de julio de 2026), las obligaciones para sistemas de alto riesgo del anexo III se aplican a partir de esta fecha.
Sistemas integrados (anexo I)
Para los sistemas de alto riesgo integrados en productos conforme al anexo I, las obligaciones se aplican a partir de esta fecha posterior.
Lo esencial en resumen
Seis bloques temáticos — toque para desplegar.
Mapa de estándares
Cuatro piezas que se complementan en lugar de competir — elija una pestaña.
- Como ley, el Reglamento de IA fija el marco vinculante.
- En un programa de gobernanza constituye el nivel de la obligación.
- ISO/IEC 42001:2023 es la primera norma certificable para sistemas de gestión de la IA (AIMS).
- Describe la implantación organizativa, con la misma lógica de sistema de gestión que ISO/IEC 27001.
- El NIST AI RMF (AI RMF 1.0, 2023) es un marco voluntario para la gestión de riesgos de sistemas de IA individuales.
- Se complementa con el perfil de IA generativa NIST AI 600-1 (2024).
- El BSI AIC4 (2021), como extensión del catálogo C5, aborda la auditabilidad de los servicios de IA en la nube.
- En el programa sirve como instrumento de aseguramiento frente a los proveedores.
Estándares y fuentes
Los contenidos de esta página se basan en las siguientes guías y estudios disponibles públicamente.
Verordnung (EU) 2024/1689 (KI-Verordnung / AI Act)
Marco jurídico basado en el riesgo con aplicación escalonada; relevantes aquí: art. 4 (alfabetización en IA), art. 5 (prohibiciones), art. 6/anexo III (alto riesgo), art. 27 (evaluación de impacto sobre los derechos fundamentales), art. 50 (transparencia).
Verordnung (EU) 2026/1744 („Digital Omnibus on AI“)
En vigor desde el 27 de julio de 2026; aplaza las obligaciones de alto riesgo al 2 de diciembre de 2027 (anexo III) y al 2 de agosto de 2028 (anexo I) y suaviza la obligación de alfabetización en IA del art. 4 a una obligación de fomento.
ISO/IEC 42001:2023 – Information technology – Artificial intelligence – Management system
Primera norma certificable para sistemas de gestión de la IA (AIMS); complementada por ISO/IEC 42005:2025 como guía para las evaluaciones de impacto de la IA.
Artificial Intelligence Risk Management Framework (AI RMF 1.0), NIST AI 100-1
Marco voluntario con las cuatro funciones Govern, Map, Measure, Manage; complementado para la IA generativa por el perfil NIST AI 600-1 (2024).
AI Cloud Service Compliance Criteria Catalogue (AIC4)
Criterios auditables para servicios de IA en la nube a lo largo de todo el ciclo de vida (entre otros, robustez, calidad de los datos, explicabilidad, sesgos), como extensión del catálogo C5.
Orientierungshilfe „Künstliche Intelligenz und Datenschutz“ (Version 1.0)
Requisitos de protección de datos para aplicaciones de IA, incluida la EIPD; complementada por la guía de la DSK sobre medidas técnicas y organizativas en el desarrollo y la operación de sistemas de IA (junio de 2025).
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