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Ciberseguridad para productos sanitarios

Qué requisitos de ciberseguridad impone el MDR a los fabricantes – y cómo MDCG 2019-16, IEC 81001-5-1 y el Reglamento de IA fijan el marco para todo el ciclo de vida del producto.

Los productos sanitarios conectados son a la vez superficie de ataque y riesgo para la seguridad del paciente: una vulnerabilidad explotada puede afectar directamente a la función clínica de un dispositivo. Por ello, el Reglamento (UE) 2017/745 (MDR) consagra la seguridad de la información como requisito general de seguridad y funcionamiento en su anexo I – concretado por la guía MDCG 2019-16 y la norma de ciclo de vida IEC 81001-5-1. El Cyber Resilience Act, de carácter horizontal, expresamente no se aplica a los productos sujetos al MDR; las obligaciones de ciberseguridad se derivan íntegramente del derecho de productos sanitarios. En el caso de los productos sanitarios con IA, desde 2024 se suma el Reglamento de IA como segundo marco normativo.

Lo esencial en resumen

01

Anexo I del MDR: los requisitos generales de ciberseguridad

El MDR no utiliza literalmente el término «ciberseguridad», pero su anexo I establece requisitos claros: la sección 17.1 exige, para los productos con sistemas electrónicos programables, repetibilidad, fiabilidad y funcionamiento acordes con su finalidad prevista; la sección 17.2 exige un desarrollo de software conforme al estado de la técnica, teniendo en cuenta el ciclo de vida, la gestión de riesgos – incluida la seguridad de la información – así como la verificación y la validación. Según la sección 17.4, los fabricantes deben establecer requisitos mínimos de hardware, características de las redes informáticas y medidas de seguridad informática, incluida la protección contra el acceso no autorizado; la sección 18.8 y la sección 23.4, letra ab), añaden la protección contra el acceso no autorizado y la obligación de comunicar estos requisitos mínimos en las instrucciones de uso. El Cyber Resilience Act (Reglamento (UE) 2024/2847) excluye expresamente los productos sanitarios de su ámbito de aplicación en el art. 2, porque el MDR ya impone requisitos de seguridad informática para todo el ciclo de vida.

02

MDCG 2019-16: la guía central de ciberseguridad

La guía MDCG 2019-16 Rev. 1 (julio de 2020) del Medical Device Coordination Group concreta cómo aplicar los requisitos del anexo I a lo largo de todo el ciclo de vida: secure by design, una gestión de riesgos de seguridad propia, engranada con la gestión de riesgos de safety, y un catálogo de security capabilities como autenticación, autorización, cifrado y registro de auditoría. Establece el principio de responsabilidad compartida («joint responsibility»): además del fabricante, también los integradores, operadores y usuarios asumen obligaciones definidas para una operación segura – por ejemplo, la configuración segura y el cumplimiento de los requisitos informáticos mínimos del fabricante. Una tabla de correspondencias relaciona las secciones pertinentes de los anexos I del MDR y del IVDR, y un anexo con casos prácticos delimita los incidentes de ciberseguridad frente a los incidentes graves de notificación obligatoria.

03

IEC 81001-5-1: el ciclo de vida seguro del health software

La IEC 81001-5-1:2021 («Health software and health IT systems safety, effectiveness and security – Part 5-1: Security – Activities in the product life cycle») define los requisitos de proceso para el desarrollo y el mantenimiento seguros del software sanitario: gestión de riesgos de seguridad con modelado de amenazas, pruebas de seguridad, gestión de la configuración y procesos de monitorización de vulnerabilidades y resolución de problemas. Amplía la estructura de ciclo de vida de la IEC 62304 con actividades de seguridad y se inspira en la IEC 62443-4-1. La versión europea EN IEC 81001-5-1:2022 está prevista para la armonización bajo el MDR y el IVDR, pero incluso tras la actualización de las listas de normas en junio de 2026 (Decisión de Ejecución (UE) 2026/1231) todavía no se cita en el Diario Oficial de la UE, por lo que no existe presunción de conformidad. En la práctica, los organismos notificados tratan no obstante la norma como estado de la técnica para demostrar el cumplimiento de los requisitos de las secciones 17.2 y 17.4 del anexo I.

04

Productos sanitarios con IA: interacción entre el MDR y el Reglamento de IA

El Reglamento de IA (Reglamento (UE) 2024/1689, en vigor desde el 1 de agosto de 2024) complementa el MDR, pero no lo sustituye: según el art. 6(1), un sistema de IA se considera IA de alto riesgo si es un componente de seguridad de un producto sanitario, o es él mismo tal producto, y su evaluación de la conformidad requiere un organismo notificado – lo que bajo el MDR ocurre por regla general a partir de la clase IIa. La FAQ MDCG 2025-6 (junio de 2025), elaborada conjuntamente con el AI Board, responde a 36 preguntas prácticas sobre la interacción de ambos marcos, por ejemplo sobre la asignación de roles (el fabricante según el MDR corresponde al proveedor según el Reglamento de IA) y sobre la combinación de las evaluaciones de la conformidad. En cuanto a los plazos, 2026 trajo un cambio esencial: el «Digital Omnibus» acordado en mayo de 2026 por el Parlamento y el Consejo aplaza la aplicación de las obligaciones de alto riesgo para los sistemas de IA integrados en productos regulados del 2 de agosto de 2027 al 2 de agosto de 2028; surtirá efecto con su publicación en el Diario Oficial de la UE. Una propuesta más amplia de excluir en gran medida los productos sanitarios del Reglamento de IA no fue adoptada.

05

Vigilancia poscomercialización y gestión de vulnerabilidades

Dado que el panorama de amenazas y las vulnerabilidades cambian continuamente tras la introducción en el mercado, el MDR exige un sistema activo de vigilancia poscomercialización (art. 83) con un plan de PMS (art. 84) y – según la clase – un informe de PMS o un informe periódico de seguridad actualizado (PSUR, art. 86); según MDCG 2019-16, la ciberseguridad forma parte expresa de este sistema. Si una vulnerabilidad explotada o explotable provoca un incidente grave, se aplican las obligaciones de vigilancia del art. 87: notificación a más tardar 15 días después de tener conocimiento, 10 días en caso de fallecimiento o de deterioro grave e imprevisto del estado de salud, 2 días en caso de amenaza grave para la salud pública; a ello se añade el trend reporting del art. 88. Para la notificación existen códigos IMDRF para causas relacionadas con la seguridad, como «Computer System Security Problem» y «Software Security Vulnerability». Desde el punto de vista regulatorio, los parches de seguridad son acciones correctivas y pueden ser notificables como acciones correctivas de seguridad en campo (FSCA) – un proceso estructurado de gestión de vulnerabilidades conforme a la IEC 81001-5-1 conecta ambos mundos. Relevante de cara al futuro: la propuesta de la Comisión de diciembre de 2025 para la revisión del MDR (COM(2025) 1023) prevé además notificaciones de tipo CRA de vulnerabilidades activamente explotadas a los CSIRT y a ENISA – aún no adoptada.

06

Organismos notificados: expectativas sobre la evidencia de ciberseguridad

Los organismos notificados examinan la ciberseguridad como parte de la documentación técnica según los anexos II y III del MDR – desde el análisis de riesgos de seguridad y la definición de las security capabilities hasta las evidencias de las pruebas de seguridad y los procesos de gestión de vulnerabilidades y PMS. El position paper de Team-NB «Cyber Security» (octubre de 2022) describe las expectativas comunes de los organismos notificados europeos respecto a estas evidencias; en un escrito de febrero de 2026, Team-NB insta además a la rápida armonización de normas como la IEC 81001-5-1. Mientras falten normas de ciberseguridad armonizadas, no existe presunción de conformidad: los fabricantes deben fundamentar por sí mismos el estado de la técnica y deberían construir su argumentación en torno a MDCG 2019-16 e IEC 81001-5-1.

Estándares y fuentes

Los contenidos de esta página se basan en las siguientes guías y estudios disponibles públicamente.

Amtsblatt der EU / EUR-Lex · 2017

Verordnung (EU) 2017/745 über Medizinprodukte (MDR)

Secciones 17.1, 17.2, 17.4, 18.8 y 23.4 del anexo I como requisitos generales relevantes para la ciberseguridad; arts. 83–88 sobre vigilancia poscomercialización y el sistema de vigilancia.

Medical Device Coordination Group / Europäische Kommission · 2020

MDCG 2019-16 Rev. 1 – Guidance on Cybersecurity for medical devices

Guía central para la aplicación de los requisitos del anexo I: secure by design, security capabilities, responsabilidad compartida, PMS/vigilancia incluidos los códigos IMDRF.

IEC · 2021

IEC 81001-5-1:2021 – Health software and health IT systems safety, effectiveness and security – Part 5-1: Security – Activities in the product life cycle

Norma de proceso para el ciclo de vida seguro del software sanitario (ampliación de la IEC 62304, inspirada en la IEC 62443-4-1); versión EN de 2022, aún no armonizada en el Diario Oficial de la UE.

Medical Device Coordination Group / Europäische Kommission · 2025

MDCG 2025-6 – FAQ on Interplay between the Medical Devices Regulation & In vitro Diagnostic Medical Devices Regulation and the Artificial Intelligence Act

36 preguntas y respuestas sobre la interacción entre MDR/IVDR y el Reglamento de IA, entre otras sobre la clasificación de alto riesgo, los roles y la evaluación combinada de la conformidad.

Amtsblatt der EU / EUR-Lex · 2024

Verordnung (EU) 2024/1689 (KI-Verordnung)

El art. 6(1) clasifica como IA de alto riesgo los productos sanitarios con IA sujetos a organismo notificado; el plazo de aplicación para la IA de alto riesgo integrada se aplazó al 2 de agosto de 2028 mediante el Digital Omnibus de 2026.

Team-NB (The European Association of Medical Devices Notified Bodies) · 2022

Team-NB Position Paper „Cyber Security“ V1

Posición común de los organismos notificados sobre la evaluación de la conformidad de la ciberseguridad bajo el MDR/IVDR; complementada por un escrito de Team-NB de febrero de 2026 sobre la armonización de normas.

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