¿La obligación cubre también productos comercializados antes de 2026?
Sí. Desde el 11 de septiembre de 2026, la obligación del artículo 14 se aplica por producto, incluidos los que ya están en el mercado. Las demás obligaciones del CRA, como el marcado CE, se aplican desde el 11 de diciembre de 2027.
¿Cuándo empieza el plazo de 24 horas?
Con el conocimiento («becoming aware»): en cuanto su empresa sabe de la explotación activa o del incidente grave. No con la corrección ni tras una aprobación interna; por eso los disparadores de conocimiento y el proceso de notificación deben definirse y documentarse de antemano.
¿Qué significa exactamente «explotada activamente»?
Existen pruebas fiables de que un atacante explotó la vulnerabilidad sin el consentimiento del propietario del sistema, o lo intentó; el éxito del ataque es irrelevante (art. 3, pto. 42 CRA). Un aviso externo sólido, por ejemplo de un CSIRT o de un cliente, puede iniciar el reloj.
¿Debo notificar si aún no se ha producido ningún daño?
En los incidentes graves basta el potencial: aunque el incidente solo pueda afectar a la capacidad del producto para proteger datos y funciones, o sea posible la ejecución de código malicioso, es notificable (art. 14, apdo. 5). En caso de duda: notifique — una notificación no es una admisión de culpa.
¿Hay una API para notificaciones automatizadas?
En el lanzamiento, no. Según la FAQ de ENISA, la SRP funcionará inicialmente sin API: las notificaciones se introducen manualmente en el formulario web. Más razón para preparar bloques de texto, un mapeo de campos y procedimientos ensayados.
¿Qué CSIRT es competente para nosotros?
En principio, el CSIRT del Estado miembro de su establecimiento principal, donde se toman las decisiones esenciales de ciberseguridad de sus productos (art. 14, apdo. 7). Sin establecimiento en la UE, la cascada pasa por el representante autorizado, el importador y el distribuidor. En Alemania, el BSI es el punto de contacto central; ENISA publica la lista oficial de CSIRT.
¿Qué sanciones hay por incumplir la obligación?
Multas de hasta 15 millones de euros o el 2,5 % de la facturación anual mundial —la cantidad mayor— además de medidas de vigilancia del mercado que pueden llegar a la retirada del producto. Y si no informa usted mismo a los usuarios afectados, el CSIRT puede hacerlo — sin su tono.